MANUAL
DE CONVIVENCIA ESCOLAR
2024
INSTITUCIÓN EDUCATIVA
SAN JOAQUÍN
CONTENIDO
PARTE 1. 5
INTRODUCCIÓN.. 5
1. PRINCIPIOS Y VALORES QUE ORIENTAN A LA COMUNIDAD EDUCATIVA. 5
2. FILOSOFÍA INSTITUCIONAL.. 6
3. MARCO CONTEXTUAL.. 6
3.1 MARCO CONCEPTUAL.. 6
3.2 MARCO LEGAL.. 8
PARTE 2. 10
ACUERDO N° XXX DEL XX DE XXX DE 2016 (ACTA XX) DEL CONSEJO DIRECTIVO DE
LA I.E. SAN JOAQUÍN, POR EL CUAL SE ADOPTA EL MANUAL DE CONVIVENCIA DE LA
INSTITUCIÓN. 10
TÍTULO I 11
DE LOS ESTUDIANTES.. 11
CAPÍTULO I 11
DEBERES Y DERECHOS DE LOS
ESTUDIANTES.. 11
CONDICIONES PARA TENER LA CALIDAD DE ESTUDIANTE.. 11
DEBERES DE LOS ESTUDIANTES.. 14
CAPÍTULO II. 17
NORMAS PARA UNA SANA CONVIVENCIA.. 17
NORMAS DE HIGIENE Y CUIDADO DEL MEDIO AMBIENTE.. 18
DE LOS UNIFORMES Y PRESENTACIÓN PERSONAL.. 19
DE LA ASISTENCIA Y PERMANENCIA.. 20
USO DE LAS DEPENDENCIAS, PLANTA FÍSICA Y SERVICIOS DE
BIENESTAR ESCOLAR 21
CAPÍTULO III 26
SITUACIONES CONVIVENCIALES Y RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL.. 26
CAPÍTULO IV.. 32
PROHIBICIONES EXPRESAS.. 32
CAPÍTULO V.. 34
DEBIDO PROCESO.. 34
TÍTULO II 40
DE LOS DOCENTES.. 40
TÍTULO III 41
DE LOS PADRES DE FAMILIA.. 41
TÍTULO IV.. 44
GOBIERNO ESCOLAR Y OTRAS INSTANCIAS DE PARTICIPACIÓN
INSTITUCIONAL.. 44
CAPÍTULO VI 44
ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN DEL GOBIERNO ESCOLAR.. 44
CAPÍTULO VII 46
OTRAS INSTANCIAS DE PARTICIPACIÓN INSTITUCIONAL.. 46
TÍTULO V.. 50
DISPOSICIONES FINALES.. 50
RECONOCIMIENTOS A ESTUDIANTES.. 50
TÍTULO DE BACHILLER.. 51
SERVICIO SOCIAL ESTUDIANTIL OBLIGATORIO.. 51
RENOVACIÓN DE MATRÍCULA.. 52
COSTOS EDUCATIVOS Y OTROS COBROS.. 52
VIGENCIA.. 53
MODIFICACIONES.. 53
El Manual de
Convivencia es la concreción en la vida cotidiana de la manera en que se
regulan las relaciones en la comunidad educativa. En todo establecimiento
educativo es necesaria la adopción de normas que faciliten los procesos
académicos y contribuyan a la convivencia armónica, normas que deben ser
conocidas y comprendidas por cada uno de los estamentos, especialmente por los
estudiantes y padres de familia. La observación de estos preceptos forma parte
del proceso educativo y contribuye al buen funcionamiento del plantel, a la
armonía y tranquilidad de toda la comunidad haciendo posible el logro de los
propósitos formativos de la institución.
El Manual de
Convivencia se soporta en el cumplimiento de los derechos humanos y se rige por
las disposiciones de la constitución Política de Colombia con sujeción al Código de Infancia y
Adolescencia, la Ley General de Educación, el decreto 1860 de 1994, la ley 1620
de 2013 y su decreto reglamentario, además de las normas concordantes
aplicables a los establecimientos educativos. Con él se pretende el
desarrollo integral de los educandos,
dentro de un marco de convivencia pacífica y crecimiento integral de la
comunidad educativa.
LA I.E. SAN JOAQUÍN promueve la permanente revisión de su Manual de Convivencia en lo
que tiene que ver con las pautas y procedimientos con el fin de nivelarlos con
las dinámicas sociales y con los cambios en la legislación de nuestro
país. Además, en este proceso se contempla
la participación activa y el compromiso de todos los estamentos que conforman
la comunidad educativa.
Los
siguientes principios y valores fundamentan el accionar de la comunidad
educativa de la I.E San Joaquín, la aplicación y la interpretación del presente
manual de convivencia:
JUSTICIA: con
este valor se busca estimular a las personas y a las comunidades para que sean
conscientes de la dignidad del ser humano, de sus derechos, de la realidad
social, política y económica en que viven, y de la participación y solidaridad
necesarias para su constante superación.
RESPETO:
este valor se toma como la base de todo el accionar de la comunidad educativa; comienza
con el reconocimiento de sí mismo como entidad única, como ser que necesita y
quiere comprender al otro; implica reconocer la dignidad de cada ser humano, saber
valorar los intereses y necesidades del otro individuo, aceptar sus diferencias
y, por tanto, la seguridad de tolerar y ser
tolerado.
HONESTIDAD: La
honestidad va de la mano con la capacidad para decir la verdad. La práctica de
la honestidad lleva a la integridad como la vivencia plena de la rectitud y la
justicia.
SOLIDARIDAD:
Se traduce como el apoyo incondicional a causas justas o a limpios intereses de
los demás, especialmente en situaciones comprometidas o difíciles en las que se
requiere de nuestra ayuda. Ser solidarios es reconocernos como especie humana.
LIBERTAD: Entendida
como la facultad para elegir de manera responsable nuestra propia forma de
actuar dentro de una sociedad. La libertad nos lleva tanto a pensar cómo actuar
con lucidez y autonomía; con la coherencia que debe existir entre las ideas, las
palabras y nuestras acciones.
2. FILOSOFÍA INSTITUCIONAL
Para nuestra Institución, la función esencial de la
educación es la de formar a los estudiantes, orientándolos hacia la búsqueda de
la verdad concretada en un proyecto de vida digno y útil para la sociedad;ayudarlos
a que puedan realizarse como hombres y mujeres libres y pensantes, que aporten
a través de sus juicios, que expresen sentimientos y desplieguen imaginación,
de manera que potencien sus talentos hacia la plenitud,hasta lograr ser
artífices de su propio destino y de la transformación del mundo.
3.
MARCO CONTEXTUAL
3.1 MARCO CONCEPTUAL
Para una cabal comprensión e interpretación del presente manual es
necesario precisar los siguientes términos y expresiones fundamentales y de uso
frecuente:
a) Conflictos. Son
situaciones que se caracterizan porque hay una incompatibilidad real o
percibida entre una o varias personas frente a sus intereses.
b) Conflictos manejados inadecuadamente. Son situaciones en las que los conflictos no son
resueltos de manera constructiva y dan lugar a hechos que afectan la
convivencia escolar, como altercados, enfrentamientos o riñas entre dos o más
miembros de la comunidad educativa de los cuales por lo menos uno es estudiante
y siempre y cuando no exista una afectación al cuerpo o a la salud de
cualquiera de los involucrados.
c) Agresión escolar. Es toda acción realizada por uno o varios integrantes de la comunidad
educativa que busca afectar negativamente a otros miembros de la comunidad
educativa, de los cuales por lo menos uno es estudiante. La agresión escolar
puede ser física, verbal, gestual, relacional y electrónica.
d) Agresión física. Es toda
acción que tenga como finalidad causar daño al cuerpo o a la salud de otra
persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones, cachetadas, mordiscos,
rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otras.
e) Agresión verbal. Es toda
acción que busque con las palabras degradar, humillar, atemorizar, descalificar
a otros. Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas y amenazas.
f) Agresión gestual. Es toda acción que busque con los gestos degradar, humillar, atemorizar o
descalificar a otros.
g) Agresión relacional. Es toda acción que busque afectar negativamente las relaciones que otros
tienen. Incluye excluir de grupos, aislar deliberadamente y difundir rumores o
secretos buscando afectar negativamente el estatus o imagen que tiene la
persona frente a otros.
h) Agresión electrónica. Es toda acción que busque afectar negativamente a otros a través de
medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos íntimos o
humillantes en Internet, realizar comentarios insultantes u ofensivos sobre
otros a través de redes sociales y enviar correos electrónicos o mensajes de
texto insultantes u ofensivos, tanto de manera anónima como cuando se revela la
identidad de quien los envía.
i) Acoso escolar (bullying). De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013,
es toda conducta negativa, intencional metódica y sistemática de agresión,
intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento
deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato
psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño, niña o
adolescente. por parte de un estudiante o varios de sus pares con quienes
mantiene una relación de poder asimétrica, que se presenta de forma reiterada o
a lo largo de un tiempo determinado. También puede ocurrir por parte de
docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra docentes, ante
la indiferencia o complicidad de su entorno.
j) Ciberacoso escolar (ciberbullying). De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013,
es toda forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información
(Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y video juegos online)
para ejercer maltrato psicológico y continuado.
k) Violencia sexual. De acuerdo
con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 1146 de 2007, "se entiende
por violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes todo acto o
comportamiento de tipo sexual ejercido sobre un niño, niña o adolescente,
utilizando la fuerza o cualquier forma de coerción física, psicológica o
emocional, aprovechando las condiciones de indefensión, de desigualdad y las
relaciones de poder existentes entre víctima y agresor"
l) Vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es toda situación de daño, lesión
o perjuicio que impide el ejercicio pleno de los derechos de los niños, niñas y
adolescentes.
m) Restablecimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es el conjunto de actuaciones
administrativas y de otra naturaleza, que se desarrollan en el decreto número
1965 de 2013.
3.2 MARCO LEGAL
El sistema educativo colombiano está regulado por un conjunto de leyes,
decretos, resoluciones y normas internas que preceptúan todos los aspectos de
la vida institucional. El marco más general es la Constitución Nacional, le
siguen las leyes del orden nacional como la ley 115 de 1994 o Ley General de Educación; la Ley 715 de 2001sobre
Competencias y Recursos en Educación y la Ley 1620 de 2013 o Ley de Convivencia
Escolar; además de decretos reglamentarios como el 1860 de 1994 que organiza el
servicio educativo y el decreto 1290 de 2009 sobre evaluación del rendimiento
escolar. Toda esta normatividad rige procesos como la evaluación, planes de
estudio, permanencia de estudiantes y profesores en los planteles, promoción escolar,
proyectos extracurriculares, jornadas diarias y número de semanas de labores
por año. A continuación se presenta una compilación de las principales Normas
vigentes.
a) Constitución Política de Colombia. La Constitución Política de Colombia, dedica los
artículos 27, 44 y 67 a la educación para garantizar la libertad de enseñanza,
definirla como derecho fundamental de los niños y definirla como un servicio
público.
b)
Ley 115 de 1994 (Ley General de
Educación).De
conformidad con el artículo 67 de la Constitución Política, define ydesarrolla
la organización y la prestación de la educación formal en sus niveles de
preescolar, básica (primaria y secundaria) y media; no formal e informal
dirigida a niños y jóvenes en edad escolar, a adultos, a campesinos, a grupos
étnicos, a personas con limitaciones físicas, sensoriales y psíquicas, con
capacidades excepcionales, y a personas que requieran rehabilitación social.
Además, determina la duración, finalidad y carácter de la educación; así mismo
en los artículos del 80 al 84, preceptúa la realización de una
autoevaluacióninstitucional anual; entre otras normas.
b)
c)
Decreto No. 1075 del 26 de mayo de
2015. Decreto
único que reglamentario del sector educativo.
d)
Ley 715 de 2001. Ley General de Participaciones. De
acuerdo con esta ley, corresponde a los departamentos, distritos y municipios
certificados dirigir, planificar, organizar y prestar el servicio educativo en
los niveles de preescolar, básica y media.
e)
Ley 1620 de 2013. El objeto de esta Ley es contribuir
a la formación de ciudadanos activos que aporten a la construcción de una
sociedad democrática, participativa, pluralista e intercultural, en
concordancia con el mandato constitucional y la Ley General de Educación -Ley
115 de 1994- mediante la creación del sistema nacional de convivencia escolar y
formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la
prevención y mitigación de la violencia escolar.
f)
Decreto 1860 de 1994. La interpretación de este
Decretodebe favorecer la calidad, continuidad y universalidad del servicio
público de la educación, así como el mejor desarrollo del proceso de formación
de los educandos. Además precisa que el educando es el centro del proceso educativo
y que el objeto del servicio es lograr el cumplimiento de los fines de la
educación, definidos en la Ley 115 de 1994.
g)
Decreto 1290 DE 2009. Determina responsabilidades
específicas dentro de los procesos del sistema de evaluación institucional,
para el Ministerio de Educación, la Secretaría de Educación de las Entidades
Territoriales certificadas, y los establecimientos educativos. Establece
derechos y deberes tanto para los estudiantes como para los padres de familia.
h) Proyecto Educativo Institucional -PEI-. El Proyecto Educativo Institucional constituye la
guía que hace explícitos los compromisos sobre los cuales se traza el rumbo de
la institución educativa y se estructura y concreta el trabajo de su comunidad
para dar vida a la Misión. Es el documento marco de toda institución educativa;
en él se encuentran, los principios, políticas y lineamientos, y demás normas
que rigen a toda la comunidad educativa.
EL CONSEJO DIRECTIVO
CONSIDERANDO QUE:
La Constitución colombiana en su artículo 41 consagra “El
fomento de prácticas democráticas en la formación de principios y valores para
la participación ciudadana”,
Entre los fines de la educación colombiana que establece la
ley 115 de 1994, se encuentra La formación en el respeto a la vida y a los
demás derechos humanos, a la paz, a los principios democráticos, de
convivencia, pluralismo, justicia, solidaridad y equidad, así como en el
ejercicio de la tolerancia y de la libertad,
La ley 1098 del 2006 “Por la cual se expide el código de
Infancia y Adolescencia” cuya “finalidad es garantizar a los niños, a las niñas
y a los adolescentes su pleno y armonioso desarrollo para que crezcan en el
seno de la familia y la comunidad; en un ambiente de felicidad, amor y
comprensión...” Art.1; en los artículos 17 y 28 en los cuales se establecen los
derechos “a la vida, a la calidad de vida y a un ambiente sano; y el derecho a
una Educación de calidad”. En los artículos 43, 44 y 45 en los que se establece
la obligación de garantizar a los niños, niñas y adolescentes el pleno respeto
a su dignidad, vida integridad física y moral dentro de la convivencia escolar,
Según la ley 1620 del 2013 “Por la cual se crea el Sistema
Nacional de Convivencia Escolar y formación para el ejercicio de los derechos
humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la
violencia escolar”, es vital reconocer los derechos y deberes que corresponden
a todos los integrantes de la comunidad educativa para garantizar la sana
convivencia y facilitar la participación de todos en la toma de decisiones,
Es necesario, a la luz de la ley 1620 de 2013 y su decreto
reglamentario 1965 de 2013, establecer nuevos acuerdos y normas claras de
comportamiento y relación capaces de incidir en la construcción de ambientes
cordiales y armónicos que favorezcan la promoción y la formación integral de la
persona y demás fines y objetivos institucionales,
En la sesión de Consejo Directivo de la Institución
celebrado el xx de xxx de
2016,se propusieron a los honorables consejeros las reformas al manual de
convivencia para su análisis y ajustes pertinentes,
ACUERDA:
GENERALES
Artículo1. Adoptar el presente Manual de Convivencia Escolar, que
reemplazará en su total integridad al manual de convivencia existente en la
I.E. San Joaquín.
Artículo 2.Objeto del Manual. El Manual de Convivencia de La I.E. San Joaquín,
busca el reconocimiento de los niños y adolescentes como sujetos de derechos
dentro de criterios de dignidad e igualdad, sin discriminación, con aplicación
de los principios y derechos constitucionales del debido proceso y derecho a la
defensa. El
presente manual garantiza la aplicación de los principios de protección
integral, incluyendo el derecho a no ser revictimizado; el interés superior de
los niños, las niñas y los adolescentes; la prevalencia de los derechos; la
corresponsabilidad; la exigibilidad de los derechos; la perspectiva de género y
los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes de los grupos étnicos,
como se definen en los artículos 7 al 13 de la Ley 1098 de 2006. Así mismo, se
garantiza el principio de proporcionalidad en las medidas adoptadas en las
situaciones que afecten la convivencia, y la protección de datos contenida en
la Constitución, los tratados internacionales y la Ley 1581 de 2012. Lo anterior, con el fin de lograr la
convivencia pacífica de la comunidad educativa, dentro de un espíritu que
garantice y facilite el desarrollo integral de sus miembros; contribuyendo así
al cumplimiento del objetivo institucional en beneficio de la familia, la
sociedad y el Estado.
Artículo3. El
presente manual de convivencia deberá ser difundido entre todos los miembros de
la comunidad educativa, tiene carácter de norma o disposición legal que regula la
prestación del servicio educativo y es de obligatorio cumplimiento.
Artículo5. La calidad de estudiante de la
Institución San Joaquín, se adquiere con la matrícula o la renovación de la
matrícula y tiene como vigencia el respectivo año lectivo para el cual se
realiza dicha matrícula o renovación de la matrícula.
Artículo6. La calidad de estudiante se pierde
cuando finaliza cada año lectivo; al momento de firmar la solicitud de retiro o
cancelación de matrícula por parte del
acudiente o persona responsable de la custodia del estudiante; y por decisión
del comité de convivencia de la Institución como resultado de un proceso
convivencial.
Parágrafo: La no renovación de la matrícula en
las fechas indicadas por la Institución para este proceso, mediante “Circular”,
implicará la pérdida del cupo, cupo que la Institución reasignará o suprimirá
libremente a efectos de planear y organizar los cursos.
Artículo7. Para cada año lectivo, la
Institución fijará a través de circular, los requisitos de matrícula para
estudiantes nuevos y de renovación de matrícula para estudiantes antiguos.
Estos requisitos deben concordar con la normatividad vigente para cada año
escolar.
Parágrafo. La Institución está en la
obligación de verificar la legalidad y autenticidad de todos los documentos que
se presenten para el proceso de matrícula. Si los documentos aportados para la
matrícula están adulterados o los datos consignados en el formulario de
matrícula no correspondan a la realidad, la matrícula efectuada carecerá de
validez, y el estudiante no quedará matriculado en la Institución.
DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES
Artículo8. La Institución Educativa San
Joaquíngarantiza a los estudiantes el goce de todos los derechos consagrados en
la Constitución Nacional, Código de la infancia y la adolescencia, la Ley 1620
y su decreto reglamentario 1965 de 2013,
en la Ley General de Educación y demás normas concordantes. En especial el
derecho a participar en la elaboración, ejecución, control, evaluación y
dinamización del PEI; Fortalecer su formación humana, académica y pedagógica
para afianzar su crecimiento en valores y llegar a ser el hombre nuevo que la
sociedad tanto requiere. Los estudiantes pueden ejercer sus derechos
directamente o a través de su representante legal (padres de familia y/o
acudiente).
Artículo9. En el aspecto formativo los
estudiantes tienen derecho a:
a) Acceder y conocer el Manual de
Convivencia de la Institución.
b) Ser respetado como persona por toda
la comunidad educativa (padres de familia, directivos, profesores, compañeros,
empleados de administración y de servicios generales).
c) Ser educado en los principios y
valores definidos para la comunidad educativa
d) Acudir al conducto regular para
proponer y/o resolver sus inquietudes y contar con el debido proceso.
e) Ser escuchado, elegir, mediar y
decidir ante diferentes situaciones de
la vida escolar, en que proceda
participar.
f) Ser auxiliado en caso de enfermedad,
disponer del tiempo de incapacidad para su recuperación y obtener permiso para
atender calamidad doméstica grave.
g) Recibir las clases, servicio de
tienda escolar y demás servicios, en condiciones de higiene, salubridad y seguridad que garanticen al
máximo la preservación de su integridad.
h) Ser respetado en sus bienes y
pertenencias.
i) Disfrutar del descanso, en los
diferentes espacios escolares de acuerdo a la
sección a la que pertenece atendiendo las disposiciones reglamentadas,
de la recreación razonable y del período de
vacaciones.
j) Ser respetado en sus ideas y
creencias, siempre y cuando al expresarlas, no atente contra el conjunto de
principios y valores que orientan a la
Institución y que se declaran aceptados con el hecho de la matrícula.
k) Presentar solicitudes o reclamos
respetuosos cada vez que se considere
afectado en el ejercicio de sus derechos, y obtener respuesta formal a
los mismos.
l) Contar con la libertad de expresar y
difundir su pensamiento y opinión, utilizando los medios de comunicación que el
colegio tiene o establezca (periódico, carteleras, página web del colegio,
entre otros), siempre que esta expresión de pensamiento y opinión se haga con
respeto y, teniendo en cuenta para ello los derechos que tienen las personas y
la institución.
m) Acudir a Trabajo de psico-orientación, en busca
de la orientación necesaria para su crecimiento integral, teniendo en
consideración que estos servicios son de
naturaleza escolar y que el estudiante y su núcleo familiar pueden ser
remitidos a profesionales externos en caso de requerir atención personalizada.
Artículo10. En el aspecto académico los estudiantes
tienen derecho a:
a)
Recibir el
acompañamiento y las orientaciones encaminadas al desarrollo de sus capacidades
físicas, de análisis y demás habilidades intelectuales y a ser personas
críticas, propositivas y proactivas.
b)
Ser formados
de acuerdo con
las normas, planes, programas y proyectos
institucionales, acordes con los del Ministerio de Educación Nacional.
c)
Conocer los
programas y objetivos para cada asignatura, así como propósitos y las acciones reflexivas para la evaluación
de su rendimiento escolar.
d)
Ser
informados por parte de los profesores, sobre los resultados de las evaluaciones, antes de ser registrados
definitivamente.
e)
Conocer las
anotaciones que sobre su desempeño se consignen en el reporte de evaluación y
en caso de desacuerdo, pronunciarse razonablemente y por escrito sobre las
mismas.
f)
Recibir del Colegio
comunicaciones e informes oportunos.
g)
Conocer y
cumplir los requisitos exigidos por la Institución para efectos de avance y
promoción.
h)
Ser
asesorado por los docentes en la
ejecución de las actividades curriculares dentro de la jornada escolar.
i)
Solicitar a
los profesores las orientaciones necesarias para superar las dificultades derivadas de cada una de las asignaturas.
j) Contar con una distribución adecuada
y graduada de trabajos, tareas, talleres
y evaluaciones.
k)
Conocer
previamente las formas de evaluación para cada una de las actividades y
propósitos establecidos.
l)
Ser evaluado
integralmente de acuerdo con los criterios establecidos por la legislación
vigente y la normatividad interna del Colegio.
m) En caso de error en el boletín
académico, presentar reclamo razonado
por escrito ante la Coordinación Académica y ser atendido en forma
oportuna.
n)
Tener acceso
a actividades complementarias que permitan alcanzar los propósitos pendientes,
en las fechas asignadas para tal fin.
Artículo11. En el aspecto participativo los
estudiantes tienen derecho a:
a)
Elegir y/o
ser elegido como representante de los estudiantes ante el gobierno escolar,
asumiendo con responsabilidad su liderazgo de acuerdo con lo establecido en el
PEI, siempre y cuando se cumpla con las normas de comportamiento de este Manual
y con los requisitos definidos por el Comité o Consejo Electoral.
b)
Participar
en la evaluación sobre la calidad educativa del colegio, aportando sugerencias
respetuosas para mejorar el servicio, entregando al director de curso y/o su
representante estudiantil los aportes.
c)
Participar
en las actividades extra-clase programadas según horario, de acuerdo con las
indicaciones impartidas por los profesores o el personal de apoyo del plantel,
siempre que se acaten las normas de comportamiento y respeto hacia la
actividad, y se observe la presentación personal requerida según este manual
d)
Presentar a
través del personero estudiantil, planes
y proyectos que tiendan a formar a los estudiantes en temas relacionados con
sus derechos y deberes.
e)
Representar
al Colegio en los eventos para los cuales sea elegido, considerando su buen
desempeño académico y disciplinario.
f)
Participar
en todas las programaciones culturales, sociales, religiosas y deportivas
organizadas por el colegio, observando siempre un comportamiento respetuoso.
g)
Participar
en campañas que busquen el bienestar y superación estudiantil e institucional,
mostrando siempre una actitud de compromiso, respeto y solidaridad.
Artículo12. De manera correlativa a los
derechos, los estudiantes tienen obligaciones o deberes que cumplir. En este
sentido, directivas, profesores y padres de familia, deben inculcar a los
estudiantes la importancia de su cumplimiento, soportados en valores como el
respeto, la honestidad, la afectividad, la responsabilidad y la lealtad a la
institución.
Artículo13. Son deberes de los estudiantes en
el aspecto académico, los siguientes:
a)
Realizar responsablemente todas las actividades
curriculares necesarias para su
proceso de desarrollo integral, dentro de los términos establecidos en el calendario académico.
b)
Conocer y
cumplir los requisitos exigidos por la Institución para efectos de avance y
promoción.
c)
Apoyar todo
tipo de actividades que propicien el bienestar y la superación estudiantil e
institucional.
d)
Participar
en el proceso de construcción del PEI, en su aprobación, adopción, ejecución, evaluación y revisión a través de
sus representantes.
e)
Proveerse
oportunamente de los elementos necesarios para las actividades académicas,
culturales, sociales, religiosas y deportivas organizadas por el Plantel.
f)
Asistir a
las actividades extraescolares programadas por el Colegio.
g)
Adoptar
actitudes de tolerancia frente a la opinión de los demás. Permitir la reflexión y el análisis de sus
propios conceptos e ideas.
h)
Tener al día
los cuadernos y/o guías de trabajo, diligenciadas apropiadamente según las
indicaciones del docente.
i) Cumplir y participar activamente con
las tareas, lecciones y trabajos en todas las asignaturas, dando la importancia
que merecen y respetando los términos establecidos en el calendario académico y
los parámetros dados por el docente.
j) Tener el material de trabajo que el Colegio
solicita al iniciar el año, debidamente marcado y mantenerlo en excelentes
condiciones. Los materiales adicionales,
deberán ser adquiridos oportunamente.
k) El estudiante debe asistir a la
Institución con todos los elementos escolares (libros, útiles, tareas,
trabajos, materiales, etc.) desde el inicio de la jornada. Dado que por razones de seguridad,
organización y formación en el sentido de la responsabilidad y cumplimiento, no
se permite el ingreso de ningún elemento a través de los padres y/o acudientes
durante la jornada escolar.
l) Ocupar en el salón de clase el
puesto asignado por su director de curso o docente de asignatura.
Artículo14. Son deberes de los estudiantes en
el aspecto de convivencia, los siguientes:
a) Tratar con respeto a
todos sus compañeros.
b)
Cuidar y
conservar los muebles, enseres y
elementos del Colegio, los propios y los
de sus compañeros. En caso de
daño, extravío o destrucción, no obstante
sancionarse disciplinariamente la falta, estudiantes y acudientes se comprometen a reparar el daño o restituir lo perdido de manera
inmediata. En el evento de probarse
intención deliberada de causar daño, la falta se considerará como muy grave.
c) Informar o denunciar
cualquier atentado o daño que se observe sobre las instalaciones o bienes del Colegio,
por parte de compañeros o de cualquier otro miembro de la comunidad educativa.
d) Cuidar el material en
los laboratorios de química, física, biología, aulas especializadas de danzas,
música, dibujo, informática, audiovisuales, auditorio, comedores. En caso de daños, los padres asumirán los
costos del arreglo.
e) Respetar el conducto
regular y tener en cuenta las indicaciones para el buen uso de
los diferentes servicios que presta la Institución.
f) Abstenerse de realizar
manifestaciones amorosas que distraigan del ambiente académico o se conviertan
en mal ejemplo o escándalo para la comunidad.
g) Escuchar, conciliar, respetar y acatar las decisiones
tomadas ante diferentes situaciones de la vida escolar.
h) Utilizar los servicios
del colegio (tienda escolar, oficinas, laboratorios, biblioteca, materiales,
muebles) con la compostura que garantice
la seguridad y el bienestar de quienes los comparten, respetando los turnos de
compañeros u otras personas y cuidando la
integridad y conservación de los bienes de la institución.
i) Presentar y cuidar
diariamente todos sus útiles y elementos personales y, en actitud de
solidaridad permanente, denunciar cualquier daño que se infrinja a los útiles y
elementos de sus compañeros o de
cualquier miembro de la comunidad educativa.
j) Responsabilizarse de
los objetos personales asumiendo las consecuencias en caso de pérdida.
k) Asumir un
comportamiento adecuado dentro y fuera del plantel y evitar situaciones que pongan en entredicho
la buena imagen
personal y de
la Institución. El mal
comportamiento fuera del colegio se considera agravado cuando se porte el
uniforme del Plantel.
l) Al terminar la jornada
escolar los estudiantes tienen el deber de dirigirse a su casa. En caso
contrario la responsabilidad sobre cualquier situación es de los padres o
acudientes, quienes tienen el deber de cuidar y controlar el horario de sus
hijos, no obstante la Institución tiene la facultad para requerir al estudiante por incumplimiento de este deber.
m) Cualquier miembro de la
comunidad educativa tiene el deber de reportar al Colegio el mal comportamiento
de un estudiante, particularmente cuando éste desconozca deberes cívicos o con
sus actitudes o expresiones ponga en entredicho el buen nombre del
plantel.
n) Entregar oportunamente
a los padres de familia y/o acudientes, las comunicaciones e informes que el Colegio
les remita y devolver
inmediatamente los desprendibles
firmados.
o) Entregar en
Coordinación o en Administración todo objeto que se encuentre sin que se pueda
establecer quién es el dueño.
p) Permanecer en los
espacios que correspondan a actividades académicas, de formación o de descanso,
según los horarios y momentos establecidos por el plantel.
q) Permanecer dentro del
salón durante los cambios de clase,aprovechando este tiempo para preparar el
material para la clase siguiente observando un buen comportamiento.
r) Cuidar sus respectivas
pertenencias y abstenerse de traer al colegio objetos de valor como: joyas,
cantidades excesivas de dinero, juguetes, computadores, celulares de alta gama,
tablet, DVD; en general, artículos no relacionados con el trabajo académico (la
Institución en ningún caso se hace responsable por la pérdida o el daño de los
elementos personales de los estudiantes).
s) Evitar traer juegos
electrónicos y elementos de comunicación, sonido y video (portátiles, audífonos, Ipads, Ipods, Wi,
DS, PSP, nintendo, gameboy, mp3, mp4, mp5, cámaras de video, filmadoras,
grabadoras, entre otros) que no sean necesarios para el desarrollo de las
actividades curriculares. En caso de que estos elementos interfieran con las
actividades académicas, serán decomisados y entregados a los padres de familia y/o
acudientes mediante citación. La entrega de estos elementos decomisados no
puede exceder de 5 días hábiles. El celular solamente se podrá utilizar, como
herramienta pedagógica siempre y cuando el docente lo solicite durante las
horas de clase, y como medio de comunicación durante el tiempo de descanso.
t) Asumir un excelente
comportamiento durante las clases, evitando la indisciplina y los malos modales
que interfieran el normal desarrollo de las mismas.
u) Evitar Ingresar al colegio
con elementos deportivos tales como balones de todo tipo, patines, tabla de
patinaje, frisby, bates de beisbol, guantes de boxeo o de otra índole; que
puedan generar accidentes, lesiones físicas o conflictos a cualquier miembro de
la comunidad educativa (compañeros, docentes, personal de aseo, visitantes,
etc.). En general los estudiantes deben evitar el porte de objetos diferentes a
los útiles escolares.
v) Evitar Jugar en las
aulas, pasillos, escaleras o calles con balones o cualquier otro elemento como:
botellas, basura, piedras, plastilina, etc, que pueda lastimar o incomodar a
las demás personas que usan estos espacios.
w) Asumir responsablemente
su rutina de alimentación en el comedor del colegio.
x) Mostrar los buenos
modales al consumir los alimentos, incluyendo el orden y la organización en el
comedor, evitando botar los alimentos y/o generar juegos bruscos que
interfieran la tranquilidad de sus compañeros.
Artículo15. Además de
los deberes académicos y convivenciales
los estudiantes deben cumplir las siguientes normas de conducta para
garantizar el debido respeto:
a) Conocer y asumir las disposiciones del Manual de Convivencia
de la Institución.
b)
Tratar a
todas las personas (directivos, profesores, compañeros, administrativos y de
servicios generales, padres de familia,
visitantes del Colegio) con la debida consideración, respeto y cortesía.
c) Reconocer y respetar en los demás
los derechos que se pretenden para sí mismo. No abusando de los propios
derechos.
d) Saludar al entrar a cualquier lugar
del colegio, dirigiéndose en forma respetuosa, dando las gracias y pidiendo
permiso al salir.
e) Solucionar los conflictos y las
diferencias con los compañeros y demás miembros de la comunidad educativa a
partir de la práctica del diálogo, la conciliación y la concertación.
f) Respetar al Colegio, su nombre,
símbolos, principios y objetivos,
esforzándose siempre por alcanzar el perfil establecido.
g) Cumplir rigurosamente con el
calendario académico establecido por el Colegio, evitando inasistencias
prolongadas e injustificadas y/o
presentar excusas permanentes sin justificación médica.
h) Promover la vivencia de la cultura
de la paz en cada uno de los miembros de la comunidad para respetar, apoyar y
orientar a todos sin distingo de raza, condición, credo, nacionalidad,
ideología y conocimiento.
i) Respetar la intimidad de cada uno de
los miembros de la comunidad educativa.
j) Evitar hacer uso de la tienda
escolar, la fotocopiadora y demás dependencias en horas de clase (para acceder
a estos servicios debe dirigirse en sus horas de descanso).
k) Evitar comprar y/o consumir
comestibles o bebidas en horas de clase.
l) En caso de tener celular, su uso
debe ser restringido aclarando que debe estar apagado en hora de clase, izadas
de bandera o actividades cívicas y culturales, de no darse el uso adecuado, éste
se decomisará durante la hora de clase y será devuelto al finalizar la misma;
de ser reiterada la falta se enviará citación a padres para realizar el
acompañamiento respectivo.
Artículo16. Son normas de higiene
y de salud pública para preservar el bienestar de la comunidad y el cuidado del
medio ambiente, las siguientes:
a)
Los
estudiantes deben acudir al colegio limpios y bien presentados y en condiciones
de salud aceptables para vivir en comunidad. Los estudiantes que presenten
enfermedades infectocontagiosas deben abstenerse de venir al colegio hasta que
el médico tratante lo autorice; en caso contrario serán devueltos a sus casas
hasta tanto pase la condición de infección.
b) Velar por el aseo del salón de clases y en general de todos
los lugares de la Institución y el buen uso de la planta física del colegio.
c)
Respetar la
limpieza, higiene y
conservación de la
Institución y colaborar
activamente para mantenerla de igual forma, como elemento fundamental en el proceso de formación escolar.
d)
Depositar la basura en las canecas.
e)
Cuidar y proteger el medio ambiente
especialmente los árboles y las plantas que se encuentran en los diferentes
espacios del colegio.
f) Cuidar,
conservar y hacer
buen uso de los
baños y del agua,
evitando utilizarla para juegos que
desperdicien este líquido vital y deterioren la presentación personal y
los espacios de la planta física.
g) Practicar diariamente hábitos de aseo, higiene y
presentación personal. Utilizar los baños adecuadamente para satisfacer
necesidades fisiológicas.
h) Promover y participar activamente en campañas, brigadas y
actividades de promoción y prevención de la salud y del medio ambiente.
i) Atender todas las instrucciones sobre el manejo y prevención
de accidentes escolares.
j) Cumplir las normas de seguridad y prevención contra
incendios y demás situaciones que puedan atentar contra la seguridad.
k) No portar objetos peligrosos para la integridad física, con
la finalidad de causar intimidación.
l) Ahorrar agua y evitar su desperdicio, promover que otros
también lo hagan.
m)
Evitar todas
aquellas acciones que tiendan a degradar el ambiente escolar como ruidos,
ocupación y contaminación visual, con residuos sólidos y desperdicios.
Artículo 17. Son normas de presentación personal, las siguientes:
a)
Asistir a la
institución con el uniforme reglamentario según corresponda al uniforme de
diario o de deportes.
b)
Observar
excelente presentación e higiene personal. Evitando portar el uniforme roto,
sucio, sin planchar y/o con modificaciones tales como: para el caso de las
jardineras, subir el dobladillo con grapas o cinturones. Para el caso de los
pantalones, entubarlos con nodrizas, ganchos de cosedora, hilos, etc.
c)
Asistir al colegio
bien presentado(a) diariamente, teniendo en cuenta las normas de higiene y
pulcritud. Los jóvenes con el cabello
corto, limpio y arreglado.
d)
Las niñas
deberán llevar el cabello limpio, aseado y bien peinado, sin tinturas y/o
mechones, su cabello debe ser de color natural.
Podrán utilizar hebillas, balacas, moños de color azul oscuro o blanco. Se permite el uso de esmalte transparente o
colores pastel.
e)
Portar el
uniforme completo y correctamente,
haciendo honor a la dignidad, formalidad y buen nombre del colegio,
dentro y fuera del Plantel, desde el momento de salir del hogar hasta que se
regrese al mismo. Evitar el uso de maquillaje, joyas y accesorios que dañen la
buena presentación del uniforme.
Artículo 18. Los uniformes reglamentarios para los estudiantes son
los siguientes:
a) Uniforme de diario varones: Pantalón
azul oscuro sin entubar. Camisa guayabera blanca de manga corta y escudo de la
Institución al lado izquierdo a la altura del pecho. Medias azul oscuro o
negras no tobilleras, zapatos negros
colegiales de amarrar (no zapato de gamuza ni tenis aunque sean negros).
b)
Uniforme de
diario mujeres: Jardinera de color azul oscuro; camisa manga corta con pliegues, medias blancas (debajo de la
rodilla) no tobilleras y zapatos negros colegiales. La jardinera debe ir a la
altura de la rodilla.
c)
Uniforme de
Educación Física para hombres y mujeres: Sudadera verde (sin entubar) con vena
blanca de la cintura al tobillo, con el nombre del colegio al Lado derecho.
Camisa en franela, cuello camisero, mangas combinadas con sesgo verde, con el
escudo del colegio al costado izquierdo, pantaloneta verde con vivos blancos y
camiseta de trabajo blanca con vivos verdes. Tenis blancos, medias blancas
deportivas no tobilleras.
Artículo 19. La responsabilidad de cumplir con el
modelo de uniforme es de los Padres de Familia y en el caso de que adquieran el
uniforme sin tener en cuenta su reglamentación, según este manual, los padres
tendrán la obligación de adquirir el uniforme reglamentario en un tiempo que no
exceda los quince (15) días hábiles después de iniciado el periodo de clases.
Artículo 20. Los estudiantes no pueden usar
prendas o accesorios diferentes al uniforme durante su permanencia en el colegio. De manera expresa se excluye el uso de tintes y expresiones que por su peculiaridad
particularicen de tal forma al estudiante, que puedan generar controversia,
posiciones extremas, actitudes agresivas o intimidantes, conformación de grupos
radicales o cualquier situación de disputa o discriminación por razones de
apariencia entre la comunidad, tales
como el uso de aretes, colorantes, accesorios de cuero, anillos, cadenas,
manillas, tatuajes, piercing, extensores, adornos u otros elementos similares.
Artículo 21. Para cada año lectivo la Institución determinará, el
horario de entradas y salidas diarias de los estudiantes a la Institución para desarrollar
sus actividades formativas.
Artículo 22. Es obligatorio para los estudiantes
asistir puntualmente a la Institución según el horario correspondiente,
permanecer en todas las clases y
participar en todos los actos programados de la comunidad, salvo que
haya sido excusado, citado o remitido a otras dependencias. En cualquier caso
debe contar con el permiso escrito de la respectiva coordinación.El cierre de
la puerta de ingreso a la Institución se hará justo a la hora estipulada en el
horario establecido, el estudiante que llegue después de la hora estipulada
deberá realizar actividades formativas para adquirir el hábito de la
puntualidad.
Artículo 23. La impuntualidad en hasta tres llegadas tarde al colegio
sin justificación durante una misma semana, Implicará citación al acudiente
para analizar las causas de su incumplimiento y la firma de compromiso de
convivencia por parte del estudiante y sus acudientes, y/o la aplicación del
debido proceso según corresponda. En todo caso, reincidir en llamados de
atención por el incumplimiento con los horarios académicos, ya sea al inicio o
al interior de la jornada, es motivo para remitir el caso al comité escolar de
convivencia.
Artículo 24.En caso de ausencia del estudiante
de sus actividades escolares debe presentar excusa válida a la Coordinación,
estas excusas deben ser presentadas en las 24 horas siguientes a la ausencia,
con los soportes correspondientes. Si la coordinación considera justificada la
excusa, autorizará al estudiante, para acordar con los docentes las fechas y
modos de cumplir con tareas, talleres, evaluaciones y trabajos dejados de
presentar durante la ausencia. El tiempo para presentar la solicitud de
recuperación de dichas actividades ante los
docentes, no debe exceder de tres días hábiles después de la ausencia; de lo
contrario el estudiante perderá el derecho a las consideraciones académicas
correspondientes.
Artículo 25. Cuando un estudiante asiste a la Institución estando
incapacitado se solicitará la presencia del acudiente, para que lo retire de la
institución y cumpla en su totalidad la incapacidad. Si es una incapacidad
parcial el acudiente puede autorizar por escrito la permanencia del niño en la
Institución asumiendo la total responsabilidad del estado de salud del niño.
Artículo 26. Para retirar a un estudiante del colegio
durante el horario de clases, el acudiente debe enviar solicitud escrita
justificando el permiso de salida y estipulando hora, fecha y persona
autorizada para la salida con el estudiante. Este trámite lorealizará el estudiante
en la Coordinación a primera hora. Ningún estudiante puede retirarse de la
Institución antes del fin de la jornada sin la presencia de uno de los padres
y/o adulto con autorización por escrito.
Artículo 27. El transporte escolar. Cuando se haga uso de un medio de transporte
institucional, los estudiantes deben tener un comportamiento adecuado,En caso
de quejas en este aspecto, el estudiante será amonestado en Coordinación y
recibirá citación, que deberá traer al día siguiente firmada por sus padres. El
comportamiento adecuado debe componerse de acciones como las siguientes:
a)
Mantenerse
sentado en la silla
b)
No
levantarse del puesto hasta llegar a su paradero o a la Institución.
c)
En
caso de abrir las ventanas hacerlo prudentemente, sin sacar ninguna parte de su
cuerpo, ni arrojar objetos de ninguna naturaleza por las ventanas.
d)
Utilizar
siempre un vocabulario muy respetuoso.
e)
En
caso de llevar un balón, éste debe permanecer dentro de una bolsa o malla
mientras se viaja en el vehículo.
f)
Dar
el uso adecuado a los asientos y demás implementos del vehículo (ventanas,
interruptores, etc.) y responder por los daños causados.
g)
Acatar
todas las recomendaciones dadas por el conductor o acompañantes sobre
comportamiento y seguridad.
h)
No
portar elementos que puedan representar un peligro para el estudiante y/o los
demás compañeros.
Artículo 28. Uso del servicio de biblioteca.
La biblioteca se convierte en un apoyo para que el proyecto educativo logre con
eficiencia, eficacia, calidad y excelencia las funciones de docencia,
investigación y servicio a la comunidad. Se tendrán en cuenta los siguientes
ítems.
a)
Usuarios:
Son usuarios de la Biblioteca los
docentes, estudiantes y administrativos de la Institución.
b) Requisitos para el
servicio:
1.
Suministrar
los datos requeridos para la elaboración del registro de lector
2.
Hacerse
responsable por la demora, deterioro o pérdida del material bibliográfico
3.
Retirar
y devolver personalmente el material solicitado.
4.
La
renovación de préstamo de materiales se hace personalmente.
5.
No
retirar de la biblioteca obras de referencias.
c) Préstamo externo
1.
Los
libros de la colección general sólo se prestarán de lunes a jueves.
2.
Los
libros de reserva se prestarán de un día para otro, sin derecho a renovar en la
misma semana.
3.
El
usuario antes de retirar el material debe revisarlo e informar cualquier
irregularidad.
4.
Todo
préstamo es renovable siempre y cuando no haya otra solicitud pendiente.
5.
La
renovación se debe hacer en la fecha de vencimiento previa presentación del
material.
6.
El
cupo máximo por usuario, para préstamo externo es de tres (3) libros.
d) Medidas aplicables
frente al incumplimiento de las normas para el uso de la biblioteca.
1.
En
caso de retraso en la entrega del material prestado al estudiante se le
registrara un llamado de atención en el observador del alumno.
2.
El
usuario que se lleve a domicilio un libro sin autorización, se le realizará la
debida anotación en el observador del alumno.
3.
Todo
material extraviado debe ser devuelto con un ejemplar igual. En caso de no
hallar el libro en el comercio se deberá devolver otro material con previa
selección de la dirección de biblioteca. No se acepta dinero como pago del
material extraviado.
4.
Los
usuarios que mutilen el material bibliográfico deberá reponer el libro
completo.
e) Paz y Salvo. Se
expedirá en los siguientes casos:
1.
Usuarios
que aparezcan en la lista de deudores morosos y que hayan restituido la obra.
2.
Para
el personal de la Institución y docentes que se retiren temporal o
definitivamente.
3.
En
el caso de los docentes que durante el año escolar solicitan materiales a
biblioteca para trabajo con los alumnos, será requisito indispensable que los estudiantes
su cargo estén completamente a paz y salvo con la biblioteca.
Artículo 29. Uso de laboratorios. Si bien la no cuenta con espacios
especializados para la realización de prácticas de laboratorio escolar, los
docentes pueden diseñar experiencias de laboratorio con equipos o materiales
caserosque ilustren los fenómenos deseados. En este caso deben tener en cuenta:
1.
Dejar
el Área asignada en orden y limpia.
2.
No
conectar o usar ningún equipo o dispositivo si los conocimientos técnicos no
están claros.
3.
Se
nombrará un responsable del grupo, el que recibirá de parte del auxiliar o docente
el material o equipo a usar durante la práctica, y que deberá devolverlo 10
minutos antes de finalizar la misma, cualquier daño o pérdida del material
serán de su responsabilidad
4.
El
estudiante debe leer la guía práctica
antes del día que le toque realizarla,
para que cuando esté en el laboratorio, y vea los equipos a usar, le sean
familiares y pueda aclarar con el profesor las dudas que surgieron cuando leyó
la práctica.
5.
Debe
tener en cuenta que la asistencia a la práctica es obligatoria, ya que las
prácticas perdidas no son recuperables.
Artículo 30. Uso de orientación escolar. Es el lugar que contribuye al pleno
desarrollo de la personalidad de los educandos, entre otras en la solución de conflictos y
problemáticasindividuales, familiares y grupales. Para acceder al servicio de
psico-orientación se tiene el siguiente procedimiento:
1.
En
forma voluntaria solicitando una cita con la sico-orientadora
2.
A
través de la remisión hecha por los docentes, directivos docentes y
coordinadores para intervenir en las diferentes dificultades académicas,
convivenciales y personales.
Artículo 31. Uso de la sala de informática. Es un lugar que permite un
conocimiento de las tecnologías y herramientas fundamentales de la computación
de manera que los estudiantes puedan usar la computadora como herramienta que
promueva el aprendizaje significativo.
a) Para el ingreso y
permanencia en la sala de informática es necesario que los estudiantes cumplan
con lo siguiente:
1.
El
ingreso a la sala se haga en forma organizada.
2.
Cada
estudiante debe ubicarse en el lugar señalado por el profesor.
3.
Cada
alumno tiene como responsabilidad recibir las actividades de cada clase y
apropiarse del material necesario para el desarrollo de las mismas.
4.
Está
prohibido el uso de celulares o cualquier otro objeto electrónico diferente al
computador en clase.
5.
El
computador deberá utilizarse únicamente para actividades que sean autorizadas
para la clase.
6.
No
deberán alterarse las configuraciones, ni bloquear con contraseñas, la
finalidad de esta medida es facilitar el buen funcionamiento de los equipos
7.
El
trabajo debe hacerse en silencio, evitando las reuniones o interrumpir las
actividades de otros usuarios.
8.
Queda
prohibido fumar, comer o ingerir bebidas de cualquier clase en la sala; los
líquidos, el humo y los alimentos afectan el buen funcionamiento de los
equipos.
9.
Toda
práctica en la sala estará supervisada por el docente.
10.
Los
alumnos deberán acatar exclusivamente las instrucciones del docente en lo que
se refiere a la utilización del equipo, así como de los programas destinados
para la práctica.
11. En caso de requerir más
tiempo para el desarrollo de actividades, este quedará sujeto a las
indicaciones del docente.
b) Prohibiciones para los alumnos usuarios de la
sala de informática
1.
Ingerir
todo tipo de alimento dentro de las salas de computadores.
2.
El
uso de audífonos, a excepción de que el docente lo solicite como herramienta
para el desarrollo de su clase.
3.
Cambio
de Mouse para otros equipos.
4.
Ingreso
a páginas pornográficas y de juegos.
5.
Uso
del Chat y Messenger, solo en caso didáctico.
6.
Descarga
de archivos no autorizados.
7.
Instalación
de programas.
8.
Uso
de juegos ya sea predeterminados o bajados de Internet.
9.
Uso
de CD de música, solo en caso educativo.
10.
Ocasionar
discusiones dentro de las salas.
11.
Dar
golpes a los equipos e implementos de la sala de computadores.
12.
Arrojar
basuras dentro del salón.
13.
Tirar
elementos de un lado a otro.
14.
Movilizarse
del puesto constantemente para interrumpir las clases.
c) Medidas aplicables para
el incumplimiento de las normas en sala de informática.
Los alumnos que incumplan las anteriores normas serán
retirados de las salas de computadores, hasta llegar a un acuerdo con el
docente jefe de la sala, si se infringe de nuevo, será llamado a la
coordinación para establecer un compromiso escrito, en caso de daño de
elementos de la sala, se tendrá que pagar la totalidad del implemento, esto
será un acuerdo con el alumno directamente o el acudienteen caso de ser un
valor considerable.
Artículo 32.Uso del
servicio de comedor.
a)
Durante
el uso del servicio de comedor Los estudiantes deben:
1.
Cuidar
los muebles y responder por los daños
causados por el mal uso.
2.
Respetar
las normas básicas de convivencia y buena conducta.
3.
Practicar
las normas básicas de higiene personal.
4.
Respetar
a las personas que atienden el servicio de comedor.
5.
Para
ir al servicio debe ir acompañado por el profesor.
6.
Al
finalizar el consumo de la comida, recoger todo el menaje utilizado y llevarlo
a los lugares asignados.
7.
El
comedor se utilizará en los horarios asignados para el suministro de las comidas,
yel alumnado no podrá abandonarlo sin previa autorización del profesor que lo
acompaña.
8.
Sentarse
en el sitio que le indiquen los profesores.
9.
Entrar
y salir ordenadamente al comedor.
b)
Durante
la permanencia en el comedor, se prohíbe:
1.
Ocasionar
empujones y choques intencionados.
2.
Levantarse
del lugar asignado para comer y andar de un lado para otro sin la previa
autorización.
3.
Cualquier
tipo de pelea o lanzamiento de objetos.
4.
Roturas
o desperfectos en los utensilios para la comida.
5.
Arrojar
comida al suelo o sobre la mesa. Hablar con Gritos o voces altas. Sacar comida
del comedor. Procura comer y después hablar; no al revés.
c)
Como
medidas aplicables frente al incumplimiento de las normas para el uso del
comedor, están el registro por parte del docente en el observador del alumno, y
la remisión a coordinación de convivencia para la citación a los padres y firma
del correspondiente compromiso de mejora.
Artículo 33. Uso de los medios de comunicación
Estos medios buscanmantener informadaa la comunidad
educativa de todas las actividades y
desarrollo integral de los estudiantes. Los medios de comunicación estarán
abiertos a toda la comunidad educativa brindándole un medio para generar su
libre expresión.
a)
Los
medios aprobados por la institución son:
La emisora, internet,periódicos, pancartas, afiches,
plegables, volantes, circulares, revistas,
etc. Su elaboración y utilización
será autorizada por el coordinador y su distribución o implementación estará a
cargo de un área académica responsable
del proceso.
b)
En
el caso del mal uso de los medios de comunicación ya sea por faltar al
respeto a los miembros de la comunidad, daño a los
materiales utilizados opérdida de alguno de ellos, el estudiante será reportado al coordinador y
anotado en el observador del alumno. Dependiendo de la gravedad de la acción, se
hará citación al padre de familia o acudiente o suspensión definitiva del
servicio de medios de comunicación.
Artículo 34.Los
comportamientos inadecuados de los estudiantes en su vida escolarhan sido
definidos y clasificados por la ley (decreto
1965 de 2013)comoSituaciones
Convivenciales, de la siguiente manera:
a)
Situaciones Tipo l. Corresponden a este tipo los conflictos manejados
inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en
el clima escolar, y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud.
Como ejemplo de estas situaciones se enumeran las siguientes:
1. Exhibir gestos o actos irrespetuosos
con connotación sexual hacia cualquier miembro de la comunidad educativa.
2. Excluir
o señalar por razones de género u orientación sexual.
3. Propiciar
agresiones verbales con las que se hace sentir mal a otras personas por medio
de insultos, apodos ofensivos, burlas, amenazas de agresión y expresiones
morbosas.
4. Realizar
actos como agresiones físicas e interacciones con las que se hostiga o se
invade el espacio íntimo de otra persona y que pueden tener o no contenido
sexual: manoseo, halar o desacomodar la ropa.
5. Cometer
actos de agresión relacional con la que se afecta negativamente el estatus o
imagen que tiene la persona frente a otras personas. Ejemplos de ello son:
difundir el rumor de que una persona está dispuesta a tener relaciones con
alguien por dinero; discriminar a alguien por su identidad sexual o a una
compañera de clase por estar embarazada, y comportamientos y eventos que de no
detenerse oportunamente pueden suceder de forma reiterativa y derivar en
situaciones tipo II o III.
6. Realizar
movimientos inadecuados de sexualidad faltando a la dignidad y respeto a sus
compañeros.
7. Participar
en conglomeraciones, carreras y desordenes donde se agreda físicamente a
personas, tirándoseles encima,
tomándolos a la fuerza para obligarlo aceptar manifestaciones de amor o cometer actos inadecuados de sexualidad.
8. Llegar
tarde a clases, al iniciar la jornada escolar y demás actividades programadas
por la institución según el horario correspondiente sin la justificación
escrita.
9. Salir
del salón de clases o de las instalaciones de la institución, sin permiso de la
Coordinación.
10. Presentarse
a la Institución sin la justificación escrita de las ausencias, permisos y/o
ingresos y escusas de uniforme.
11. Presentarse
con el uniforme incompleto o que no corresponda a las actividades
programadas.
12. Descuidar
la correcta presentación del uniforme de acuerdo a lo establecido en este
Manual, sucio, sin planchar, roto, manchado, deteriorado por el tiempo de uso.
13. Presentarse
los hombres con el pantalón entubado, prensado con agujas, en este caso no se
les permitirá la entrada a la Institución.
14. Usar media tobillera sin importar el color.
15. Uso de
maquillajes, uñas pintadas, joyas y adornos no permitidos, para hombres y mujeres.
16. Presentarse
los hombres con piercing y/o, aretes en cualquier lugar visible del cuerpo.
17. Permanecer
las niñas enla silla donde está sentada, con las piernas cruzadas en posición
incorrecta e incómoda dejando al descubierto
parte de su cuerpo a la vista de los compañeros y profesores.
18. El
ingreso a la institución en ciclas, motos o vehículos conducidos por cualquier
miembro de la comunidad pasando por las canchas y zonas de recreación y área
social y zonas de jardinería.
19. Entrar
y permanecer en los salones sin autorización, durante horas en las cuales no
hay actividad de aula.
20. Hacer
uso inadecuado del servicio de biblioteca, tienda escolar, salas de informática
y demás.
21. Irrespetar
los turnos o hacer desorden en la tienda escolar y/o comedor.
22. Entrar
a dependencias destinadas para educadores o directiva del plantel; así como a
salones de otros cursos, sin autorización debidamente justificada por los docentes.
23. Utilizar
cualquier medio o instrumento para abrir las puertas de los salones u oficinas
de la institución sin autorización de las directivas.
24. Salir
del aula antes del timbre o sin esperar las instrucciones del educador.
25. Permanecer
durmiendo en clases desatendiendo las actividades y el tiempo de entregas de
tareas y trabajos.
26. Incurrir
en faltas contra los deberes y prohibiciones
contemplados en este manual.
27. Arrojar
la basura y los papeles al piso, en cualquier lugar donde se encuentre.
28. Omitir
información a los padres de familia sobrecitaciones o sobre las actividades
programadas por la institución.
29. Dirigirse a los educadores, compañeros o
empleados con apodos y /o sobrenombres.
30. Interferir en el desarrollo de las clases
hablando o molestando
31. Presentarse
sin cuadernos, materiales o útiles escolares necesarios para las clases, o
actividades programadas.
32. Realizar
asuntos diferentes a los propuestos por el educador durante las horas de clase.
33. Mostrar
falta de interés para informarse o asistir a las actividades de recuperación o
refuerzo
34. Retener
material prestado en biblioteca.
35. Ir de
un salón a otro para prestar útiles escolares.
36. Incumplir
con los deberes académicos propuestos por los educadores, como son: talleres,
evaluaciones, tareas y trabajos.
b)
Situaciones Tipo II. Corresponden a este tipo las situaciones de
agresión escolar, acoso escolar (bullying) y ciberacoso (Ciberbullying), que no
revistan las características de la comisión de un delito y que cumplan con
cualquiera de las siguientes características:
1.
Que se
presenten de manera repetida o sistemática.
2.
Que
causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para
cualquiera de los involucrados.
c)
Situaciones Tipo III. Corresponden a esta tipo las situaciones de
agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la
libertad, integridad y formación sexual, referidos en el Título IV del Libro II
de la Ley 599 de 2000, o constituyen cualquier otro delito establecido en la
ley penal colombiana vigente.
RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL
Artículo
35. Se establece como ruta de atención integral que sigue la
Institución frente a todas las situaciones que afecten la convivencia escolar
la siguiente:
a)
Componente de promoción: La Institución Fomentará el mejoramiento de la
convivencia y el clima escolar con el fin de generar un entorno favorable para
el ejercicio real y efectivo de los derechos humanos , sexuales y
reproductivos; a través de estrategias como:
1)
Liderar
el desarrollo de iniciativas de formación de la comunidad educativa en
temáticas tales como derechos humanos, sexuales y reproductivos, sexualidad,
competencias ciudadanas, desarrollo infantil y adolescente, convivencia, y
mediación y conciliación, para fortalecer el Sistema Nacional de Convivencia
Escolar.
2)
Articular
el diseño, implementación, seguimiento y evaluación de proyectos para el
desarrollo de competencias ciudadanas orientados a fortalecer un clima escolar
y de aula positivos que aborden como mínimo temáticas relacionadas con la
clarificación de normas, la definición de estrategias para la toma de
decisiones, la concertación y la negociación de intereses y objetivos, el
ejercicio de habilidades comunicativas, emocionales y cognitivas a favor de la
convivencia escolar, entre otros.
3)
Generar
mecanismos y herramientas para que el desarrollo de competencias ciudadanas y
la formación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y
reproductivos se lleve a cabo de manera transversal en todas las áreas
obligatorias y fundamentales del conocimiento y de la formación establecidas en
el proyecto educativo institucional.
b)
Componente de prevención: La Institución, a través de su sistema de
convivencia escolar, deberá intervenir oportunamente en los comportamientos que
puedan afectar la realización efectiva de los derechos humanos , sexuales y
reproductivos en el contexto escolar; a través de estrategias como:
1)
La
identificación de los riesgos de ocurrencia de las situaciones más comunes que
afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales
y reproductivos, a partir de las particularidades del clima escolar y del
análisis de las características familiares, sociales, políticas, económicas y
culturales externas, que inciden en las relaciones interpersonales de la
comunidad educativa, de acuerdo con lo establecido en el numeral 5 del artículo
17 de la Ley 1620 de 2013.
2)
El
fortalecimiento de las acciones que contribuyan a la mitigación de las
situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos
humanos, sexuales y reproductivos.
3)
El
diseño de protocolos para la atención oportuna e integral de las situaciones
más comunes que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos
humanos, sexuales y reproductivos.
c)
Componente de atención: Conforme al decreto 1965 de 2013 reglamentario de
la ley 1620 de 2013, se establecen los siguientes protocolos de atención de las
situaciones tipo I, II y III:
1) Protocolos
para la atención de Situaciones Tipo l:
i)
Reunir
inmediatamente a las partes involucradas en el conflicto y mediar de manera
pedagógica para que éstas expongan sus puntos de vista y busquen la reparación
de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación
dentro de un clima de relaciones constructivas en la Institución.
ii)
Fijar
la forma de solución de manera imparcial, equitativa y justa, encaminada a
buscar la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos
y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el grupo
involucrado o en el establecimiento educativo. De esta actuación se dejará
constanciaen el observador del alumno.
iii)
Realizar
seguimiento del caso y de los compromisos a fin de verificar si la solución fue
efectiva o si se requiere acudir a los protocolos consagrados en los artículos
43 y 44 del Decreto 196
2) Protocolos
para la atención de Situaciones Tipo II:
i)
En
casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en salud
física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades
competentes, actuación de la cual se dejará constancia.
ii)
Cuando
se requieran medidas de restablecimiento de derechos, remitir la situación a
las autoridades administrativas, en el marco de la Ley 1098 de 2006, actuación
de la cual se dejará constancia.
iii)
Adoptar
las medidas para proteger a los involucrados en la situación de posibles
acciones en su contra, actuación de la cual se dejará constancia.
iv)
Informar
de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes
involucrados, actuación de la cual se dejará constancia.
v)
Generar
espacios en los que las partes involucradas y los padres, madres o acudientes
de los estudiantes, puedan exponer y precisar lo acontecido, preservando en
cualquier caso, el derecho a la intimidad, confidencialidad y demás derechos.
vi)
Determinar
las acciones restaurativas que busquen la reparación de los daños causados, el
restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de
relaciones constructivas en el establecimiento educativo; así como las
consecuencias aplicables a quienes han promovido, contribuido o participado en
la situación reportada.
vii)
El
presidente del comité escolar de convivencia informará a los demás integrantes
de este comité, sobre la situación ocurrida y las medidas adoptadas. El comité
realizará el análisis y seguimiento, a fin de verificar si la solución fue
efectiva o si se requiere acudir al protocolo consagrado en el artículo 44
del Decreto 1965.
viii)
El
comité escolar de convivencia dejará constancia en acta de todo lo ocurrido y
de las decisiones adoptadas, la cual será suscrita por todos los integrantes e
intervinientes.
ix)
El
presidente del comité escolar de convivencia reportará la información del caso
al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de
Información Unificado de Convivencia Escolar.
3) Protocolo
para la atención de Situaciones Tipo III:
i)
En
casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en salud
física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades
competentes, actuación de la cual se dejará constancia.
ii)
Informar
de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes
involucrados, actuación de la cual se dejará constancia.
iii)
El
presidente del Comité Escolar de Convivencia de manera inmediata y por el medio
más expedito, pondrá la situación en conocimiento de la Policía Nacional,
actuación de la cual se dejará constancia.
iv)
No
obstante, lo dispuesto en el literal anterior, se citará a los integrantes del
comité escolar de convivencia en los términos fijados en el manual de
convivencia. De la citación se dejará constancia.
v)
El
presidente del comité escolar de convivencia informará a los participantes en
el comité, de los hechos que dieron lugar a la convocatoria, guardando reserva
de aquella información que pueda atentar contra el derecho a la intimidad y
confidencialidad de las partes involucradas, así como del reporte realizado
ante la autoridad competente.
vi)
Pese
a que una situación se haya puesto en conocimiento de las autoridades
competentes, el comité escolar de convivencia adoptará, de manera inmediata,
las medidas propias del establecimiento educativo, tendientes a proteger dentro
del ámbito de sus competencias, a la víctima, a quien se le atribuye la
agresión y a las personas que hayan informado o hagan parte de la situación
presentada, actuación de la cual se dejará constancia.
vii)
El
presidente del comité escolar de convivencia reportará la información del caso
al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de
Información Unificado de Convivencia Escolar.
viii)
Los casos sometidos a este protocolo serán
objeto de seguimiento por parte del comité escolar de convivencia, de la
autoridad que asuma el conocimiento y del comité municipal de convivencia
escolar.
d)
Componente de seguimiento: a través de este componente la Institución, con su sistema de convivencia escolar, debe
realizar el seguimiento y evaluación de las estrategias y acciones de
promoción, prevención y atención. El
componente de seguimiento se centrará en:
i)
El
registro y seguimiento de las situaciones de tipo II y III a través del Sistema
de Información Unificado de Convivencia Escolar.
ii)
El
seguimiento y evaluación de las acciones para la promoción y fortalecimiento de
la formación para la ciudadanía y el ejercicio de los derechos humanos,
sexuales y reproductivos; para la prevención y mitigación de la violencia
escolar y el embarazo en la adolescencia; y para la atención de las situaciones
que afectan la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y
reproductivos.
CAPÍTULO IV
PROHIBICIONES EXPRESAS
Artículo 36. Para
contribuir al logro de los objetivos del PEI y la buena marcha del plantel
educativo, a los estudiantes de la Institución les está expresamente prohibido
y se consideran situaciones tipo II o tipo III, según los efectos de la acción,
lo siguiente:
a)
Presentarse a las actividades curriculares o
extraescolares bajo el efecto de medicamentos no prescritos, bebidas
alcohólicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas o psicoactivas.
b)
Fumar, negociar y/o portar cigarrillos o estupefacientes
de cualquier tipo.
c)
Portar fósforos o encendedores dentro del colegio.
d)
Negociar bienes o cualquier clase de artículo,
comercialización o venta de comestibles, textos, elementos didácticos o
cualquier otro objeto de valor (celulares, Ipod, x-box, Hi-phone, CD´s,
controles, etc.) y practicar apuestas o juegos de azar con carácter lucrativo
dentro y fuera de la Institución.
e)
Crear
falsas alarmas tendientes
a conseguir el pánico colectivo, tales como:
Estallar fulminantes, provocar
quemas de basura, enrarecer el
ambiente con sustancias de olor desagradable.
f)
Irrespetar
las creencias o prácticas
religiosas, procedencia, raza o formación cultural de las personas.
g)
Practicar
ritos satánicos, espiritismo,
y otros actos
que atenten contra
la dignidad humana y la salud mental fuera y dentro del colegio.
h)
Vender, comprar, portar o circular libros,
folletos, revistas, cd´s y otros medios, con divulgación pornográfica que
atenten contra la moral, las buenas
costumbres, o el conjunto de principios y valores que caracterizan el proyecto
educativo institucional.
i)
Hacer y/o colocar dibujos, grafitis, y
cualquier género de expresiones
escritas, en cualquier sitio del Colegio o fuera de él. (La falta se
considerará muy grave cuando se manejen términos soeces, pornográficos,
irrespetuosos o amenazantes). La sanción
que se aplique será independiente de la reparación íntegra e inmediata del
daño.
j)
Causar daño deliberado a los bienes del Colegio
o de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa.
k)
Esconder o causar daño a útiles o elementos de
los compañeros y/o docentes.
l)
Salir o entrar de la Institución por lugares
distintos de las puertas de acceso normal. Durante las jornadas escolares o
extracurriculares se requiere previa autorización para salir o ingresar al
Plantel.
m) Subirse
a los marcos y tableros de las canchas, árboles, placas o techos del plantel
por diversión o para bajar balones o
elementos que accidentalmente llegaren allí, poniendo en riesgo su vida y/o la
de sus compañeros.
n)
Abstenerse de realizar actividades de
recaudación de fondos, utilizando el nombre del colegio para actividades
sociales o culturales, sin la
autorización de las directivas del Colegio. (rifas, fiestas, paseos y
comercialización de productos).
o)
Realizar celebraciones (cumpleaños) de manera
efusiva dentro y fuera de la institución utilizando harina, huevos, tierra,
bombas de agua, serpentinas, entre otros;
que atentan contra la integridad física, emocional y el entorno institucional.
p)
Ingresar
al Colegio mascotas ( hámster,
gatos, perros, tortugas,
arañas, cucarrones, etc.) que afecten
la normalidad académica o atenten
contra el bienestar de sus mascotas.
q)
Ser
irrespetuoso de manera
verbal, corporal, escrita y/o gráfica hacia cualquier figura de autoridad
o miembro de la institución (ej: compañero, docente, coordinador, etc.).
r)
Pertenecer y/o participar en pandillas o grupos
delictivos que ejerzan presión dentro o fuera de la institución para la
intimidación a compañeros, docentes, directivos, administrativos.
s)
Realizar o intentar cualquier tipo de
adulteración, fraude o suplantación, como copia en evaluaciones, tareas y/o
trabajos, plagio de documentos, suplantar
a padres de familia o docentes con la firma o con observaciones puestas sobre
cualquier documento, dar testimonios falsos. Reviste especial gravedad la
adulteración del observador del alumno, el daño y/o pérdida del mismo
t)
Ingresar
a la Institución, portar y/o usar cualquier clase de arma de fuego, corto-punzante,
o de cualquier tipo, que ponga en peligro la vida o integridad personal del
portador, o de cualquier miembro de la Comunidad Educativa o el uso de
elementos que no siendo tales, se les asemejen y puedan ser usados para
intimidar o lesionar.
u)
Portar,
traficar, consumir o estimular el consumo de bebidas alcohólicas, sustancias
psicoactivas (lícitas o ilícitas) dentro y/o fuera de la institución, inclusive
la llamada dosis personal.
v)
Agredir
física, verbal o psicológicamente a compañeros, profesores y otras personas
dentro y fuera de la Institución.
w) Amenazar la vida o la integridad física o moral de
cualquiera de los miembros de la comunidad educativa, o realizar cualquier acción
intimidante que coarte en los otros su libre accionar;ya sea a través de medio
escrito, cibernético, telemático,
digital, web, verbal o mediante terceros
Artículo37. Procedimiento
general. En el seguimiento o investigación de una falta o caso
disciplinario, según sea procedente, se considerará el siguiente procedimiento:
a)
Aclaración
de los hechos y actitudes con el implicado o implicados para determinar su participación.
b)
Hacer
el registro correspondiente en el Observador del Alumno y citar a los padres o
al acudiente para su notificación.
c)
Si
no hay aceptación consciente de la responsabilidad en los hechos o
actitudes presentadas, se sustentarán los
mismos con pruebas o indicios.
d)
Establecer
el compromiso personal de cambio en relación con los hechos y actitudes
presentadas, si hubiese lugar a ello.
e)
Instar
al responsable de la falta a la reposición o reparación total del daño causado,
cuando sea necesario.
f)
Informe
a las autoridades competentes cuando fuese necesario.
g)
Desescolarización
temporal hasta por tres días de clase, a criterio de la coordinación, cuando
los hechos así lo ameriten, mientras la
instancia correspondiente decide de fondo el asunto.
h)
Aplicación
de las medidas pedagógicas correspondientes.
i)
Participación
en actividades de servicio o bienestar, en la Institución, como medida
formativa y complementaria, cuando se considere necesario.
j) Remisión a Comité de Convivencia en caso necesario.
Artículo
38. Procedimiento
especial para los niños de transición a segundo grado. Teniendo en cuenta la
edad y el proceso de desarrollo de los estudiantes de los grados transición,
primero y segundo, el procedimiento de acompañamiento convivencial tendrá en
cuenta la aplicación de las siguientes estrategias:
a)
Diálogo
reflexivo de la Directora de grupo y/o docente con el niño(a) para aclarar la
situación presentada y generar un compromiso de parte del niño(a).
b)
En
caso de que el niño(a) reitere el comportamiento indebido, tendrá una
entrevista con la psico-orientadora, quien asesorará a los padres para realizar
un trabajo conjunto y en caso necesario solicitará una terapia extraescolar.
c) Si el comportamiento inadecuado del estudiante es
tal, que pone en riesgo la integridad física de sus compañeros, corresponde a
los padres buscar la ayuda externa especializada para eliminar dicho
comportamiento, de persistir la situación el caso pasará al comité de
convivencia donde se determinará la medida aplicable el estudiante.
Artículo 39. Mediación de conflictos. La
Institución debe asumir el diálogo y la concertación entre las personas
involucradas, como principal estrategia para la mediación y resolución de
conflictos. Esta mediación debe estar enfocada en restablecer las relaciones y
la sana convivencia.
Artículo40. Instancias
de mediación y conciliación. En la resolución de conflictos y cualquier
situación de tipo disciplinario; y con el objeto de garantizar al estudiante el
debido proceso, el derecho de defensa y la
posibilidad de acudir a la segunda instancia frente a las decisiones que
puedan afectarle; se establece el siguiente
conducto regular e instancias de mediación y conciliación:
a)
El Docente
b)
El
Director de Grupo
c)
El
Personero de los Estudiantes (quien actúa como mediador)
d)
La Coordinación.
e)
La
Rectoría
f)
El
Comité de Convivencia Escolar
g)
El
Consejo Directivo de la Institución
Artículo
41.Espíritu de las medidas.
Las medidas aplicables frente a las faltas de los estudiantes, deben entenderse
como la consecuencia lógica de un comportamiento que la comunidad educativa ha
determinado como inadecuado para la formación del estudiante, para su
rendimiento académico, y para el bienestar de la comunidad. Las medidas
pedagógicas y alternativas se establecen con el fin de proteger los intereses
de todos los miembros de la comunidad; estos intereses son entendidos como los
principios éticos universales atinentes a la justicia, la libertad, la
propiedad, etc.
Artículo
42. Las medidas aplicables. Las medidas quese
aplican a los estudiantes por comportamientos inadecuados se impondrán teniendo en cuenta los
principios del debido proceso, el derecho de defensa, la doble instancia,
cuando haya lugar, y demás garantías legales y procesales; serán las
siguientes:
a)
Llamado de atención verbal. Procederá por parte de un docente, el director de curso, el coordinador o
funcionario que observe una falta a los
deberes consagrados en el Manual de Convivencia. Deberá dejarse constancia del
llamado de atención en el Observador del Alumno, teniendo en cuenta las pautas
generales para su diligenciamiento.
b)
Amonestación Escrita. Procederá de los docentes, el
director de grupo o del coordinador, frente al incumplimiento deliberado
o intencional de alguna de las prohibiciones contempladas en el presente manual. El estudiante y el padre de familia o
acudiente, firmarán un compromiso conjunto en el que se establezcan acciones
viables y observables que permitan hacer un seguimiento a la superación de los
problemas de comportamiento que determinaron la aplicación de la medida.
c)
Apoyo a los servicios de bienestar. Procederá por parte de los docentes, el
director de grupo o del coordinador, frente al incumplimiento deliberado
o intencional por parte del estudiante de alguna de las prohibiciones
contempladas en el presente manual. El estudiante debe cumplir con la
prestación, en horas de recreo, de apoyo en labores del comedor estudiantil,
recogida de papeles en el patio o salones u otras actividades de labor por el
bien comunitario viables, a juicio de la coordinación; siempre y cuando no
atenten contra su integridad física o su dignidad y valoración como persona.
d)
Talleres pedagógicos. Procederá de los docentes, el
director de grupo o del Coordinador frente a los actos del estudiante
que incurran en prohibiciones de comportamiento escolar que no afecten
gravemente la vida escolar o atenten directamente a otros compañeros, por
ejemplo las situaciones tipo I contempladas en el presente manual. En esta
medida el estudiante deberá participar en talleres pedagógicos relacionados con
el comportamiento inadecuado, realizar carteleras educativas para exhibir ante
la comunidad estudiantil y en las que se promocionen los valores y actitudes
positivas que deben poseer los estudiantes.
e) Comparendo
Ambiental. Procederá por
parte de los docentes, el director de grupo o del coordinador frente a
los actos del estudiante que vayan en contraposición de principios ambientales.
Tales actos pueden ser: Desperdiciar agua
o contaminarla, depositar basuras fuera de las canecas, manipular los
recipientes con basuras derramando éstas o rompiendo bolsa o contenedores para
ensuciar, dañar los árboles y zonas verdes, entre otras acciones. En esta
medida el estudiante deberá,por
primera vez, asistir a charlas educativas dictadas por los estudiantes del
comité ecológico en horas del descanso tres veces en una semana; por segunda
vez, se les asignará horas de trabajo social en las áreas de zonas verdes, huerta y comedor durante una
semana. Los estudiantes que reincidan tendrán una suspensión por dos días y la firma
del correspondiente compromiso de convivencia con el padre o acudiente.
f)
Suspensióndel Estudiante de sus actividades
escolares. Es una
medida de carácter formativo que busca
propiciar en el estudiante la reflexión sobre la manera en que su
comportamiento le afecta y afecta a la comunidad. Su ejercicio consiste en estar separado de la
comunidad para valorarla. Corresponde al
padre de familia el acompañamiento adecuado para darle sentido. Es competencia
de la coordinación, aplicar La medida por un máximo de tres (3) días.
La suspensión
se comunicará al padre de familia o acudiente, dejando constanciaen el Observador del
Alumno. El estudiante asumirá las consecuencias por las actividades que no realizó
en el tiempo de la suspensión. Durante la suspensión, el estudiante deberá
realizar una actividad reflexiva en casa con acompañamiento de los padres, para
ser presentada en la dirección de grupo una vez se reincorpore a la
Institución.
La suspensión Procederá en los siguientes casos:
1.
Por
incumplimiento de los compromisos académicos o de convivencia.
2.
Por
reincidencia en situaciones tipo I
3.
Por
incurrir en situaciones tipo II o tipo III.
4.
Por incurrir
en las prohibiciones expresas.
d) Matrícula
en Observación Esta medida procederá, a juicio del Comité Escolar de
Convivencia, para el estudiante que incurra en prohibiciones expresas; que sea
reincidente en situaciones convivenciales tipo II o incurra en situaciones tipo
III. Esta medida Implica un severo llamado de atención al estudiante que
reiterada o deliberadamente incumple sus compromisos académicos o
comportamentales.
La medida de matrícula en observación será impuesta
por el Comité Escolar de Convivencia. La
decisión deberá ser manifestada por escrito y
comunicada al padre de familia y/o acudiente por parte del coordinador o
por quien delegue el (la) rector(a).
El levantamiento de esta medida se hará por decisión
del Comité Escolar de Convivencia quien podrá acometer la revisión de los casos
que le sean presentados para evaluar la superación de las dificultades
académicas o de convivencia que haya realizado el estudiante. En todo caso, el
Comité Escolar de Convivencia, antes de finalizar el año, revisará los casos de
los estudiantes con matrícula en observación, para evaluar si se levanta o no
la medida.
d)
Cancelación de Matrícula. Luego de agotar los recursos del seguimiento
formativo con los cuales se pretendió incorporar al estudiante a la convivencia
social, el Comité Escolar de Convivencia podrá determinar la Cancelación de la
Matrícula ante la reincidencia en las situaciones convivenciales o violación a
las prohibiciones que dieron lugar a la medida de la matrícula en observación. El comité escolar
de convivencia podrá aplicar esta medida directamente sin esperar a que exista
recurrencia, en los siguientes casos:
1.
Portar,
traficar o estimular el consumo de sustancias psicoactivas (lícitas o ilícitas) dentro y/o fuera de
la institución, inclusive la llamada
dosis personal.
2.
Portar,
traficar o estimular el uso de cualquier tipo de arma, entendiéndose por tal, todo instrumento que pueda causar daño físico
o intimidación a otro, así su peligrosidad sólo sea aparente.
3.
Actuar
deliberadamente, apropiándose, atentando o causando daño a los bienes del Colegio
o de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de un tercero.
4.
Incurrir
en conducta negativa, intencional metódica y sistemática de agresión,
intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento
deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato
psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un compañero o
compañeros y/o cualquier miembro de la institución.
5.
Cometer
infracción o delito castigado por las leyes penales y/o contravencionales policivas colombianas.
La medida de
cancelación de matrícula surtirá efectos inmediatamente sea aplicada por el Comité
Escolar de Convivencia y será comunicada por escrito a los padres o acudientes mediante
resolución rectoral.
e)
Pérdida del cupo para el año siguiente: No se renovará la matrícula a los estudiantes
cuando se presente cualquiera de los siguientes eventos:
1.
Haber
terminado el año escolar con matrícula en observación.
2.
Haber
reprobado el año escolar durante dos veces consecutivas.
3.
Incumplir
alguna de las condiciones para ser estudiante.
4.
Teniendo
en cuenta que se establece como condición, el contar con un padre de familia,
acudiente o tutor que asista regularmente a las citaciones de la institución;
se considera causal de pérdida de cupo para el año siguiente, la inasistencia
del padre de familia o tutor a las citaciones efectuadas por la institución.
Artículo
43. Todas las medidas
aplicables a las situaciones convivenciales están sujetas a la reposición y
apelación, la reposición se efectúa ante la instancia que aplica la medida y la
apelación operará de la siguiente manera:
a)
Para
medidas tomadas por los docentes, la instancia de apelación será la
coordinación.
b)
Para
medidas tomadas por la coordinación, la apelación se presentará ante la
rectoría.
c)
Para
medidas tomadas por la rectoría la apelación se efectuará en el Comité Escolar
de Convivencia
d)
Para
medidas tomadas porel Comité Escolar de Convivencia, la instancia de apelación
será el Consejo Directivo.
Parágrafo
1. El plazo que tienen
las instancias respectivas para resolver una solicitud de reposición o
apelación frente a una medida convivencial será de 5 días hábiles.
Artículo 44. Derechos de los docentes.
Son derechos de los docentes de la
Institución los siguientes:
a)
Conocer la filosofía, misión y visión de la
Institución.
b)
Participar en la construcción, desarrollo e
innovación y transformación del PEI.
c)
Ser tratado en concordancia con los principios
y valores asumidos por la institución.
d)
Solicitar y obtener permisos, licencias y
comisiones de acuerdo con las disposiciones legales.
e)
Hacer uso del conducto regular para resolver
las situaciones que se le presenten.
f)
Gozar de libertad para el ejercicio de la
docencia según asignación académica y principios institucionales.
g)
Ejercer el derecho democrático de elegir y/o
ser elegido para representar a sus compañeros ante los diferentes órganos del
gobierno escolar.
h)
Disponer de los medios, recursos, servicios y
comodidades para el adecuado desempeño
laboral.
Artículo 45. Deberes de los docentes.
Son deberes de los docentes de la
Institución los siguientes:
a)
Identificarse y actuar de acuerdo con la
filosofía, visión y misión institucional.
b)
Velar por el cumplimiento de las normas y
disposiciones que contempla el presente Manual de Convivencia.
c)
Asumir, desarrollar y evaluar el PEI,
participando activamente en su innovación y mejoramiento.
d)
Asumir sus responsabilidades laborales de
conformidad con estatuido legalmente.
e)
Dar cumplimiento a la jornada, a la asignación
académica y participar en las actividades programadas por la Institución.
f)
Cumplir con el horario de atención a padres
g)
Cumplir responsablemente con el acompañamiento
en descansos, salidas pedagógicas, jornadas culturales o deportivas,
convivencias y demás actividades programadas por el Colegio.
h)
Seguir el conducto regular para resolver las
situaciones que se le presenten con los estamentos de la comunidad.
i)
Desempeñar las labores a su cargo con ética y
profesionalismo.
j)
Dar un trato justo y equitativo a todos los
estudiantes.
k)
Orientar a los estudiantes para que manejen
situaciones con criterio propio, siendo competente en la solución de conflictos
en su contexto.
l)
Velar por la conservación del buen ambiente de
trabajo, cuidado de los espacios, de la dotación, materiales y servicios
disponibles para la acción pedagógica.
m) Hacer un uso
adecuado del celular. Recordemos que los docentes son ejemplo de vida para sus
estudiantes.
Parágrafo 1: Todos los docentes deben cumplir y hacer cumplir la reglamentación
existente en el código de la Infancia y Adolescencia especialmente en sus
artículos 43, 44 y 45 que hace referencia a las obligaciones de los
establecimientos educativos y la Ley 1620 del 2013 “Por la cual se crea el
Sistema Nacional de Convivencia Escolar y formación para el ejercicio de los
derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación
de la violencia escolar”.
TÍTULO IV
DE LOS PADRES
DE FAMILIA
Artículo 46. LaI.E. SAN JOAQUÍNbusca
formar los ciudadanos que necesita nuestra nación. Esto sólo será posible si se
cuenta con la participación y el compromiso de los padres de familia cuyos
patrones de comportamiento y actitudes sean acordes con las características
presentadas por la institución. La acción
de los padres de familia es un elemento inherente, imperativo y decisivo en la
acción educadora de nuestra institución; la manifestación de su acción debe
sentirse dentro y fuera del Colegio.
Artículo 47. Derechos
de los padres de familia o acudientes. Son derechos de los padres de familia o
acudientes de la Institución los siguientes:
a)
Participar en el proceso de construcción del PEI y su adopción,
apropiación, ejecución, evaluación y revisión, a través de sus representantes o
directamente cuando sean convocados.
b)
Ser informados oportunamente sobre el proceso
de desarrollo de sus hijos o acudidos.
c)
Recibir colaboración eficiente y oportuna, por
parte de los diferentes estamentos del plantel, para la superación de las
debilidades que presenten los estudiantes.
d)
Recibir periódicamente los informes del
rendimiento académico de su hijo y/o acudido.
e)
Elegir y ser elegido como miembro del Consejo
de Padres de Familia, Comité de Convivencia
Escolar y/o Consejo Directivo de la Institución.
f)
Participar en las diferentes actividades de
formación que brinde la Institución para ellos.
Artículo 48. Deberes de
los padres o acudientes. Son deberes de los padres o acudientes de la Institución
los siguientes:
a)
Cancelar
los costos que genere la ceremonia de grado, exámenes de estado,
convivencias, salidas pedagógicas y/o
guías de trabajo, dentro de los
plazos establecidos.
b)
Defender
el buen nombre de la Institución donde se educan sus hijos y no generar
comentarios malintencionados que afecten su prestigio.
c)
Leer
el Manual de Convivencia con su hijo y preferiblemente en familia, analizar e
interiorizar su contenido.
d)
Colaborar
con el colegio para que su hijo cumpla con todas las normas del Manual de
Convivencia. Recordar que padres de familia y Colegio, hacen conjuntamente un
trabajo de formación integral a los estudiantes. Reconocer que su participación es muy
importante.
e)
Apoyar
al Colegio con firme autoridad, exigiendo a sus hijos cumplir con la obligación
de estudiar y prepararse diariamente para la presentación de evaluaciones,
tareas, trabajos, etc. Determinar algún tipo de correctivo, al observar
desinterés e irresponsabilidad en este aspecto, al presentarlas y perderlas
repetidas veces.
f)
Ser
padres comprometidos y presentes en el proceso formativo de sus hijos.
g)
Brindar amor y atención a sus hijos
ayudándoles a superar las dificultades propias de su edad.
h)
Seguir
el conducto regular para expresar su desacuerdo en los diferentes servicios que
brinda el Colegio.
i)
Cumplir
con la normatividad para que los padres de familia y/o acudientes no ingresen a la institución con trabajos,
tareas, materiales, útiles escolares, dinero, etc. Recordemos que el sentido de
responsabilidad y cumplimiento se inicia desde el hogar y en la medida en que
se cumplan las normas sus hijos lo reflejaran.
j)
Responsabilizarse
de la educación y formación de su hijo y/o acudido en concordancia con los
lineamientos establecidos por la Constitución Política, Artículo 67; la Ley
General de Educación Art. 7º. Literales c, d, f; Código de la Infancia y
Adolescencia (art. 17, 22, 23, 39), ley 1620 de 2013, el PEI y el Manual de Convivencia.
k)
Brindar
a su hijo(a) y/o acudido un ambiente de comprensión y respeto dentro del hogar,
dedicarle el tiempo necesario para el apoyo del cumplimiento de sus deberes
escolares y proporcionarle los elementos
necesarios para su desarrollo integral.
l)
Asistir
puntualmente a las reuniones programadas por el Colegio, cuando se requiera su presencia y cuando lo
considere necesario. De no asistir, se suspenderá al estudiante hasta tanto no
cumpla el padre de familia con dicha citación, salvo inasistencia justificada
en la que se enviará una nueva citación antes de proceder a la suspensión del
estudiante.
m) Asistir a los
espacios de formación de la Escuela para
Padres programados. La inasistencia será
una evidente falta de interés y compromiso con la formación integral de su
hijo(a).
n)
Asistir
a las citas individuales convocadas por la coordinación o psico-orientación,
asumiendo las recomendaciones allí sugeridas. En caso de requerir un proceso
terapéutico externo, el padre de familia está en la obligación de asumirlo e
informar los avances del mismo.
o)
Hacer
entrega a coordinación de los elementos que no pertenezcan a su hijo(a) y que
éstos hayan llevado del colegio a su casa.
p)
Acercarse
personalmente a solicitar permiso por su hijo o acudido y presentar excusas por
fallas o retardos, en el momento en que el estudiante se reintegre a las
labores académicas.
q)
Proporcionar
los elementos necesarios para el crecimiento integral de su acudido,
asegurándose de que su hijo(a) disponga de los útiles necesarios para su
proceso de desarrollo.
r)
Promover
y apoyar todo tipo de actividades que propicien el bienestar y la superación
estudiantil e institucional.
s)
Asumir
los costos de la reparación de los daños ocasionados por sus hijos o acudidos,
respondiendo de manera inmediata por los mismos.
Artículo 49. La Institución tendrá un gobierno escolar conformado por los siguientes
órganos como se determina en el artículo
68 de la Constitución Nacional; y en los
incisos 2 y 3 del artículo 142 de la ley 115 de 1994; todo en procura de
ofrecer una educación auténtica, democrática y rica en valores que ayuden al
mejoramiento de la sociedad. Los órganos del gobierno escolar son el Consejo
directivo, el Consejo Académico y el rector.
Artículo 50.Consejo Directivo. Es la instancia
directiva de participación de la comunidad educativa y de orientación académica
y administrativa de la institución. Está integrado por.
a)
El rector,
quien lo presidirá y convocará ordinariamente una vez
por mes y extraordinariamente cuando lo considere conveniente.
b)
Dos
representantes del personal docente, elegidos por mayoría de los
votantes en una asamblea de docentes.
c)
Dos
representantes de los padres de familia elegidos por
la Junta Directiva de la Asociación o Consejo
de Padres de Familia.
d)
Un
representante de los estudiantes elegido por el Consejo
de Estudiantes, entre los alumnos que se encuentren
cursando el último grado de educación ofrecido por la institución.
e)
Un
representante de los ex alumnos elegido por el Consejo Directivo,
de ternas presentadas por las organizaciones
queaglutinen la mayoría de ellos o en su defecto, por
quien haya ejercido en el año inmediatamente anterior el cargo
de representante de los estudiantes.
f)
Un
representante de los sectores productivos organizados en el
ámbito local o subsidiariamente de las entidades que
auspicien o patrocinen el funcionamiento del
establecimiento educativo. El representante será escogido por el
Consejo Directivo, de candidatos propuestos por las respectivas
organizaciones.
Parágrafo
1º. Los administrativos
docentes podrán participar en las deliberaciones del Consejo
Directivo con voz pero sin voto, cuando éste les
formule invitación, a solicitud
de cualquiera de sus miembros.
Parágrafo
2º. Dentro de los
primeros sesenta días calendario siguientes al de la iniciación
de clases de cada período lectivo anual, deberá quedar
integrado el Consejo Directivo y entrar en ejercicio de sus
funciones. Con tal fin el rector convocará con la debida
anticipación, a los diferentes estamentos para efectuar las
elecciones correspondientes.
Artículo 51. Son Funciones del Consejo
Directivo las siguientes:
a)
Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento
de la institución, excepto las que sean competencia de otra autoridad, tales
como las reservadas a la dirección
administrativa.
b)
Servir de instancia para resolver los conflictos que
se presenten entre docentes y administrativos con los alumnos del
establecimiento educativo y después de haber agotado los procedimientos
previstos en el reglamento o manual de convivencia;
c)
Adoptar el manual de convivencia y el reglamento de
la institución;
d)
Fijar los criterios para la asignación de cupos
disponibles para la admisión de nuevos alumnos;
e)
Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda
la comunidad educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado;
f)
Aprobar el plan anual de actualización académica del
personal docente presentado por el rector.
g)
Participar en la planeación y evaluación del
proyecto educativo institucional, del currículo y del plan de estudios y
someterlos a la consideración de la Secretaría de Educación respectiva o del
organismo que haga sus veces, para que certifiquen el cumplimiento de los
requisitos establecidos en la ley y los reglamentos;
h)
Estimular y controlar el buen funcionamiento de la
institución educativa.
i)
Establecer estímulos y sanciones para el buen
desempeño académico y social del alumno que han de incorporarse al reglamento o
manual de convivencia. En ningún caso pueden ser contrarios a la dignidad del
estudiante;
j)
Participar en la evaluación de los docentes,
directivos docentes y personal
administrativo de la institución.
k)
Recomendar criterios de participación de la
institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y
recreativas;
l)
Promover las relaciones de tipo académico, deportivo
y cultural con otras instituciones educativas y la conformación de
organizaciones juveniles;
m)
Fomentar la conformación de asociaciones de padres
de familia y de estudiantes;
n)
Reglamentar los procesos electorales de los miembros
de las instancias de participación institucional.
o)
Darse su propio reglamento
Artículo 52. Consejo
Académico. Es el encargado superior en la planeación,
orientación, ejecución y evaluación de los lineamientos curriculares de la
institución. El Consejo Académico está integrado por el rector quien lo
preside, los directivos docentes y un docente por
cada área definida en el plan de estudios.
Cumplirá las siguientes funciones:
a)
Servir de órgano
consultor del Consejo Directivo en la revisión
de la propuesta del proyecto educativo
institucional;
b)
Estudiar el
currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo
las modificaciones y ajustes, de acuerdo con el procedimiento previsto en
el Decreto 1860 de 1994;
c)
Organizar el plan
de estudios y orientar su ejecución;
d)
Participar en
la evaluación institucional anual;
e)
Integrar los consejos
de docentes para la evaluación periódica del rendimiento
de los educandos y para la promoción, asignarles sus funciones y
supervisar el proceso general de evaluación;
f)
Recibir y decidir los
reclamos de los alumnos sobre la evaluación educativa,
y Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores
que le atribuya el proyecto educativo institucional.
Artículo
53. El Rector. Le corresponde
al rector de la Institución las siguientes funciones:
a)
Orientar la ejecución
del proyecto educativo institucional y aplicar las decisiones
del gobierno escolar;
b)
Velar por el
cumplimiento de las funciones docentes y el oportuno
aprovisionamiento de los recursos necesarios para el
efecto;
c)
Promover el proceso
continuo de mejoramiento
de la calidad de la educación en
el establecimiento;
d)
Mantener activas
las relaciones con las autoridades educativas, con los patrocinadores o
auspiciadores de la institución y con la
comunidad local, para el continuo progreso académico
de la institución y el
Mejoramiento de la vida comunitaria;
e)
Establecer canales
de comunicación entre los diferentes estamentos
de la comunidad educativa;
f)
Orientar el
proceso educativo con la asistencia del Consejo Académico;
g)
Ejercer las
funciones disciplinarias que le atribuyan la ley, los
reglamentos y el manual de convivencia;
h)
Identificar las
nuevas tendencias, aspiraciones e influencias para canalizar las
en favor del mejoramiento del proyecto educativo institucional;
i)
Promover
actividades de beneficio social que vinculen al establecimiento con la
comunidad local;
j)
Aplicar las disposiciones
que se expidan por parte del Estado, atinentes
a la prestación del servicio público educativo, y
k)
Las demás funciones
afines o complementarias con las anteriores
que le atribuya el proyecto educativo institucional
CAPÍTULO VII
OTRAS INSTANCIAS DE
PARTICIPACIÓN INSTITUCIONAL
Artículo 54. Comité Escolar de Convivencia. El Comité Escolar de
Convivencia estará conformado por:
a)
El rector del establecimiento educativo, quien preside
el comité
b)
El personero estudiantil
c)
El docente con función de orientación
d)
El coordinador cuando exista este cargo
e)
El presidente del consejo de padres de familia
f)
El presidente del consejo de estudiantes
g)
Un (1) docente que lidere procesos o estrategias de
convivencia escolar.
Parágrafo: El comité podrá invitar
con voz pero sin voto a un miembro de la comunidad educativa conocedor de los
hechos, con el propósito de ampliar información.
Artículo 55. Son funciones del comité
escolar de convivencia:
a)
Identificar, documentar, analizar y resolver los
conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes, directivos y
estudiantes, entre estudiantes y entre docentes.
b)
Liderar en los establecimientos educativos acciones
que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los
derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la
violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa.
c)
Promover la vinculación de los establecimientos
educativos a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción
de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las necesidades
de su comunidad educativa.
d)
Convocar a un espacio de conciliación para la
resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar, por
solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de oficio
cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a
los miembros de la comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el
padre, madre de familia, acudiente o un compañero del establecimiento
educativo.
e)
Activar la Ruta de Atención Integral para la
Convivencia Escolar definida en el artículo 29 de Ley 1620 de 2013, frente a
situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas
de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y
reproductivos que no pueden ser resueltos por este comité de acuerdo con lo
establecido en el manual de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar,
y revistan las características de la comisión de una conducta punible, razón por
la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte
de la estructura del Sistema y de la Ruta.
f)
Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos
destinados a promover y evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los
derechos humanos sexuales y reproductivos.
g)
Hacer seguimiento al cumplimiento de las
disposiciones establecidas en el manual de convivencia, y presentar informes a
la respectiva instancia que hace parte de la estructura del Sistema Nacional De
Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la
Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar, de los casos o
situaciones que haya conocido el comité.
h)
Proponer, analizar y viabilizar estrategias
pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo pedagógico y la
articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto educativo y su
pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores maneras de
relacionarse en la construcción de la ciudadanía.
Parágrafo. Este comité debe darse su
propio reglamento, el cual debe abarcar lo correspondiente a sesiones, y demás
aspectos procedimentales, como aquellos relacionados con la elección y
permanencia en el comité del docente que lidere procesos o estrategias de convivencia
escolar.
Artículo 56. Personero de los
estudiantes. El personero de los estudiantes será un alumno que curse el
último grado que ofrece la institución encargado de promover el ejercicio de
los deberes y derechos de los estudiantes consagrados en la Constitución
Política, las leyes los reglamentos y el manual de convivencia. El personero
tendrá las siguientes funciones:
a)
Promover el cumplimiento de los derechos y
deberes de los estudiantes, para lo cual podrá
utilizar los medios de comunicación interna del
establecimiento, pedir la colaboración del consejo de estudiantes,
organizar foros u otras formas de deliberación;
b)
Recibir y evaluar las quejas y reclamos que
presenten los educandos sobre lesiones a
sus derechos y las que formule cualquier persona de la
comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los
alumnos;
c)
Presentar
ante el rector o el Director Administrativo, según sus
competencias, las solicitudes de oficio
o a petición de parte
que considere necesarias
para proteger los derechos de los
estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes, y
d)
Cuando lo considere necesario,
apelar ante el Consejo Directivo o el organismo que sus haga
veces, las decisiones del rector respecto a las peticiones presentadas
por su intermedio.
El personero
de los estudiantes será elegido dentro de los treinta
días calendario siguientes al de la iniciación de
clases de un período lectivo anual. Para tal efecto el rector
convocará a todos los estudiantes matriculados con el fin
de elegirlo por el sistema de mayoría simple y
mediante voto secreto.
Parágrafo. El ejercicio del cargo
de personero de los estudiantes es incompatible con el de
representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo.
Artículo 57.Consejo de Estudiantes. El Consejo
de Estudiantes es el máximo órgano colegiado que asegura y
garantiza el continuo ejercicio de la participación por
parte de los educandos. Estará integrado por un vocero
de cada uno de los grados de la Institución.
El Consejo Directivo
deberá convocar en una fecha dentro de las cuatro
primeras semanas del calendario académico, sendas asambleas integradas por los
alumnos que cursen cada grado, con el fin de que elijan
de su seno mediante votación secreta, un vocero
estudiantil para el año lectivo en curso. Los alumnos del nivel
preescolar y de los tres primeros grados del ciclo de
primaria, serán convocados a una asamblea conjunta para
elegir un vocero único entre los estudiantes que cursan el
tercer grado.
Corresponde al
Consejo de Estudiantes:
a) Darse su propia organización
interna;
b) Elegir el
representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo de
la Institución y asesorarlo en el
cumplimiento de su representación;
c) Invitar a sus
deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas
sobre el desarrollo de la vida estudiantil, y
d) Las demás
actividades afines o complementarias con las anteriores
que le atribuya el manual de convivencia.
Artículo 58. Consejo de Padres
de Familia. El consejo de padres de familia, es un
medio para asegurar la continua participación de los
padres y acudientes en el proceso pedagógico del establecimiento.
Estará integrado por los voceros de los padres de los alumnos
que cursan cada uno de los diferentes grados que ofrece
la institución. Dentro de los primeros treinta días calendario
siguientes al de la iniciación de clases del período lectivo anual,
en sendas asambleas de los padres de familia de los alumnos
de cada grado, se elegirán hasta tres representantes o voceros
para el correspondiente año lectivo. La elección se
efectuará por mayoría de votos de los miembros presentes,
después de transcurrida la primera hora de iniciada
la asamblea. Además de las actividades que autónomamente determine, el
consejo de padres tendrá las siguientes funciones:
a)
Velar por el cumplimiento del proyecto educativo
institucional y su continua evaluación.
b)
Promover programas de formación de los padres para
cumplir adecuadamente la tarea educativa que les corresponde.
c)
Servir como apoyo a la función pedagógica que
desarrolla la Institución.
d)
Emprender y/o servir de apoyo a acciones
institucionales que buscan la mejora de los procesos formativos y el
crecimiento Institucional.
Artículo 59. Asociación de Padres de Familia. El Consejo Directivo
promoverá la constitución de una asociación de padres de familia para lo cual
podrá citar a una asamblea constitutiva, suministrar espacio o ayuda a la
secretaría, contribuir en el recaudo de cuotas de sostenimiento, apoyar
iniciativas existentes. La asociación, además de las funciones que su
reglamento determine, podrá desarrollar actividades como las siguientes:
a)
Velar
por el cumplimiento del proyecto educativo institucional y su continua
evaluación, para lo cual podrá contratar asesorías especializadas.
b)
Promover
programas de formación de los padres para cumplir adecuadamente la tarea
educativa que les corresponde.
c)
La
junta directiva de la asociación de padres existentes en el establecimiento,
elegirá dos representantes ante el Consejo Directivo, uno deberá ser miembro de
la junta directiva y el otro miembro del Consejo de padres de familia.
Artículo 60. Exalumnos.Se consideran Exalumnos
de la I.ESan Joaquín, aquellos estudiantes que cursaron y aprobaron sus
estudios en el Colegio y culminaron los mismos con el título de “Bachiller
Académico” otorgado por la Institución.
Los exalumnos tienen derecho a:
a)
Asociarse
para conformar un estamento de la comunidad educativa Institucional.
b)
Que
sean escuchados en las sugerencias que
presenten de manera respetuosa y mediante las debidas formas a los directivos
del Colegio, tendientes a buscar un mayor progreso de la Institución.
c)
Permanecer
informados de las diferentes actividades de la Institución y manifestar sus aptitudes, habilidades y
destrezas, integrándose a los diferentes grupos, culturales y deportivos que se
organizan.
d)
A
integrar el Consejo Directivo de la Institución a través de un representante de
este estamento de la comunidad.
Artículo 61. Los estudiantes
tendrán los siguientes reconocimientos de distinción y la anotación respectiva
en el Registro Escolar, de acuerdo con su participación en las actividades del Colegio
o en su representación:
a)
Izada
de Bandera y Mención de Honor, al destacarse en algunos de los aspectos que
favorecen el desarrollo personal, teniendo en cuenta el criterio fijado para
cada oportunidad.
b)
Ser
elegido como representante del curso ante diversas actividades.
c)
Representar
a la Institución en actividades deportivas y culturales a nivel Municipal, departamental y nacional.
d)
Reconocimiento
en privado o reconocimiento público a los estudiantes que se destaquen en
actividades deportivas, artísticas y de creación literaria dejando constancia
en el observador del alumno.
e)
Condecoración
con la Medalla al Mejor Bachiller: Esta distinción se otorgará al Estudiante de
grado undécimo que, según criterio del Comité de Evaluación, haya sobresalido en los aspectos académico,
disciplinario y humano durante toda su estadía en el Colegio.
f)
Condecoración
con Medalla al estudiante que obtenga el mejor resultado en la prueba Saber
11°.
g)
Otras
distinciones, a juicio de la Rectoría del Colegio y del Consejo Directivo.
Artículo 62. El título de bachiller
es el reconocimiento expreso de carácter académico otorgado a un estudiante por
haber recibido una formación en la educación por niveles y grados y
desarrollado las competencias definidas en el Proyecto Educativo Institucional.
Tal reconocimiento se hará constar en un diploma" (Ley 115, capítulo IV,
artículo 88). Para optar el título de Bachiller el estudiante debe:
a)
Haber
sido promovido en la educación básica, lo cual se prueba con el certificado de
estudios de quinto grado y los grados de bachillerato básico.
b)
Haber
sido promovido en los dos grados de educación media.
c)
Haber
desarrollado a satisfacción el proyecto de servicio social obligatorio.
d)
Haber
aportado oportunamente los documentos reglamentarios.
e)
Estar
a paz y salvo por todo concepto con la Institución.
Artículo 63. El aplazamiento
del título de Bachiller procede cuando
al finalizar el año lectivo y una vez aplicadas todas las actividades de
superación, persiste el “desempeño bajo” en una o dos áreas. El estudiante
recibirá su diploma en la secretaría académica, tan pronto haya superado las
dificultades en las asignaturas pendientes dentro del primer semestre del año
siguiente.
Artículo 64. Para el desarrollo del
servicio social obligatorio se dará cumplimiento a lo dispuesto en la
Resolución N° 4210 de septiembre 12 de 1996 emitida por el MEN, y para su
cumplimiento se tendrán en cuenta los siguientes lineamientos:
a)
La
Institución teniendo en cuenta lo contemplado en la ley, debe desarrollar los
proyectos de servicio social obligatorio de acuerdo al entorno social propio.
b)
El
Proyecto de Servicio Social busca ser un proyecto integral y continuo que
brinde una sistemática y efectiva atención a los grupos poblacionales
beneficiarios de este servicio.
c)
Atenderá
prioritariamente necesidades educativas, culturales, recreativas, sociales de
aprovechamiento del tiempo y medio ambiente, identificadas en la comunidad
beneficiaria; tales como la promoción, preservación de la salud, educación
ambiental, el mejoramiento de espacios, educación ciudadana, la organización de
grupos juveniles, preservación de factores de riesgo, recreación dirigida y la
práctica de actividades físicas, deportivas e intelectuales.
d)
La
Intensidad horaria del proyecto, según la resolución 4210 de 1996 es de ochenta
(80) horas, las cuales se cumplirán durante el tiempo de formación en los
grados 10° y 11° de la Educación Media.
e)
En
consideración al carácter obligatorio del servicio social estudiantil que le
otorga la Ley General de la Educación, para que se considere terminado el
proceso formativo se requiere:
1.
Atender
de manera efectiva las actividades propuestas en el proyecto.
2.
Cumplir
con la intensidad horaria prevista (80 horas)
f)
Las
Líneas de acción que pueden
desarrollarse mediante el servicio social pueden ser las siguientes:
1.
Desarrollo
de proyectos de gestión ambiental, ornamentación y prevención de desastres.
2.
Formación
de líderes en prevención del uso de sustancias psicoactivas.
3.
Recreación
dirigida y monitoría en deportes.
4.
Patrulleros
Escolares. Instituto de Tránsito
Municipal.
5.
Formación
de líderes. Policía comunitaria.
6.
Recreación
y uso del tiempo Libre.
7.
Organización
y atención en sitios públicos oficiales, tales como Bibliotecas escolares,
Departamentales y Municipales.
8.
Líderes
en Educación Sexual en convenio con PROFAMILIA.
9.
Escuelas
para la Democracia en Convenios con Secretaria de Educación y Gobierno.
10. Proyecto de monitorias.
11. Grupos significativos,
Servicio de Orientación Escolar, Equipo derechos humanos y Equipos de
convivencia.
12. Otras, que a juicio de
las directivas desarrollen plenamente el sentido del servicio social
estudiantil.
Artículo 65. Al estudiante se le
renovará la matrícula bajo las siguientes condiciones:
a)
Estar
a Paz y Salvo por todo concepto con la Institución.
b)
Haber
terminado el año escolar inmediatamente anterior sin matrícula en observación;
c)
No
haber perdido el año en dos ocasiones consecutivas. La no promoción del
estudiante por más de dos años en el mismo grado determina la
pérdida de cupo.
d)
Haber
cumplido con todos sus deberes consagrados en el Manual de Convivencia,
particularmente no estar cobijado con la medida convivencial de pérdida de cupo
establecida en el presente manual.
e)
Legalizar
la renovación de matrícula en las fechas establecidas por el plantel para tal
fin. La no renovación oportuna de la
matrícula implica pérdida del cupo.
f)
Haber
superado todas las actividades de nivelación académicas de las asignaturas
pendientes del grado anterior.
Artículo 66. Cualquier costo por
el servicio educativo será el estrictamente autorizado por las autoridades
competentes. Los padres y/o acudientes de los estudiantes asumirán directamente
los costos por concepto de materiales didácticos requeridos tales como guías académicas
de trabajo, al igual que los costos por la presentación de las pruebas saber
11° y los costos que genere la ceremonia de grado.
Artículo 67. El presente Manual de
Convivencia entrará en vigencia a partir de
su aprobación por parte del
Consejo Directivo y permanecerá vigente mientras no sea modificado parcial o
totalmente.
Artículo 68. Las propuestas para
incluir, excluir o modificar cualquier punto del presente Manual, serán
presentadas ante el Consejo Directivo, por cualquier miembro de la comunidad,
de manera escrita y debidamente soportadas.
Publíquese
y cúmplase.
Acordado
en Valledupar a los xxxdías del mes de xxxxde
2016.
JUAN DE DIOS USECHE
FIGUEREDO LUZ ENITH
ARIZA LAFONT
Presidente
delConsejo Directivo Secretaria